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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 186

QUE INTEGRA EL DIRECTORIO EJECUTIVO DEL BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 oct de 1974fecha
Otrostipo
G. O. 9355Gaceta Oficial del 28 dic de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 186, que integra el Directorio Ejecutivo del Banco Agrícola de la República Dominicana. (G. O. Nº 9355, del 28 de Diciembre de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 186 CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional está altamente interesado en dictar cuantas medidas sean pertinentes para dar una asistencia mayor y más efectiva a los pequeños y me- implementación de una nueva política de orientación crediticia; CONSIDERANDO que la nueva política crediticia requiere la integración y coordinación de los organismos principales del sector agropecuario; VISTO el Artículo 14 de la Ley de Fomento Agrícola Nº 6186, de fecha 12 de febrero de 1963, modificado por la Ley Nº 183, del 24 de abril de 1967; VISTA la Ley Nº 277, de fecha 29 de junio de 1966; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO UNICO.—El Directorio Ejecutivo del Banco Agrícola de la República Dominicana estará integrado de la siguiente manera: a) El Administrador del Banco Agrícola de la República Dominicana; el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana; el Secretario de Estado de Agricultura; el Director del Instituto Agrario Dominicana; e Director del Instituto de Estabilización de Precios, (INESPRE); el Licenciado Victor Espaillat Mera y el Doctor Tobías Alba Ball, Miembros Titulares; y b) El Director del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (INDECOOP); el Director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, (INDRHI); el Director de Camino Vecinales de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones; el Subadministrador del Banco Agrícola de la República Dominicana; el Consultor Jurídico del Banco Central de la República Dominicana; el señor Pablo Juan Toral y la Doctora Olga Seijas, Suplentes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131° de la Independencia y 112° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona