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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 183

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO. 98-74-C, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 oct de 1974fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9355Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$151,293 · en el texto: «RD$151,292.50»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Santiago, correspondiente a1 Acta NQ 13 de la Isesicin ordinara de fecha 25 de junio de 1974; En virtud de lo que dispone el articulo 3 de :a Ley NP 4381, (!e fecha 10 de febrero de 195G; - En ejercicio de las atribuciones ( ~ L K iue coni'ielG el a1 3 . t 55 de la Coi~stituc~CIii de a Republica. dicto el siguiente 13 E C R E T 0 : ARTlC [ L O UNIC0.--Se autoriza a1 Ayuntamiento de: ISIunicipio clf. Rmtiago a ve~-ilei* 1 favor (.- la fiima liigenieri;, y Constiucciones, C. pov A., (Ingco), una porci6n de terreno de 60,517.00 nietlros Luc.ul"ados, denlio de. h i i i t o de las par.:ela,.; 7-A-2 y 7-C-5, de Distrito Calastral E? 8, del citado Mu- nicipio, por la sunia de RD$151,292.50. Dichos tenenos se des- tinarBn a la constrLlcciGn de la urbanizacibn "La Rinconada" DAUO en Santo Doni:iigo tie Ciuzmhn, Distrito Nacional, C'apital dt. la XZepl'I ica Doii:inirana, a 10s catwce dias del mes de octubre del aiio mil novec'entos setenta y cuatro; anus 13IQ de la Independenc'a y 11Y de la Restauracih. 1)ecreto NO 183, que aprueba la ttesohcion fig fi8-74-C, del 1 ) i i t ' I I 1 , ) de Deaarrollo Iildustrial (G. 0. No 9355, del 28 de Diciemhre tie 1974) 1968; e’i siguiente 1 art. Div de fecha 30 de agosto cte TAXI al ref eri da enlpresa lnvers on total: RD$169,783.00 b,ooa.izacion : Zoiu B’! uiica tie Sari Pedro de Alacoris ‘Fiyo de proyecto: Nuevo Empleos a wear: Solvencia mxa y Lcontimica : batlsfactoria. I! trlSTOS: I,os articulos 7, 11, 12, 17, 24, 25, 36, 37, 38 y 40 de la Ley Nc 299 tiel 23 de abril tie 1968, de Incentivo y Pro- t ecci6n Industrial. Gr). ejercicio tie Iris facv’tades que nos confiere dicha le:, R E S U E L V E : PRIMERO: C; asif’car a la ernpresa TAM1 CORPORA- ’CION, en I 3 Categoria “A”. ?:% 1JNL)O: t?oiicederle exoneracibn por el tbrmino de 20 1 .I: s, en proporci6n de uii l O O % , de todos 10s derechos e im- puestos (de importacih y dem6s gravhmenes conexos, inch- y m d o ei arance’, 10s impuestos un’ficaclos‘ y 10s consumo in- I:’L’COS ~ U C ~wir1:xi sobrc ’a importacibn de 10s siguientes ar- ticulos: Canti dades anua Its Nornbre de 10s articulo6 28,710 libras Nanteca de cerdo Libras color vegetal 1 293 Libras sodiumpropionate Unds. frascos de 16 02. aceitunas 1,664 Uds. htas de 16 02. piniic!!t, Y I F ~ ~ T O I ! . n32 10,132 Id:Imis maizena . Libras oleo margarina 6,240 Libras harina de maíz 468,000 Unds. bandejas de aluminio 1,300 Libras papel glassine. TERCERO: Se concede además a la impetrante los beneficios acordados por la Ley Nº 299, a las empresas clasificadas en la Categoría "A". CUARTO: La empresa deberá depositar en el Banco Central de la República Dominicana, las divisas correspondientes a todos los gastos de organización y continuación en que incurre la empresa dentro del país, así como los costos nacionales de sus operaciones normales. DADA en Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional, a los treinta (30) días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cuatro (1974), años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración. Eudoro Sánchez y Sánchez, Secretario de Estado de Industria y Comercio, Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. Yo, Lic. Carlos E. Ciprián B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fué tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el 30 de agosto de 1971, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. Lic. Carlos E. Ciprián B. Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial." Art. 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona