Texto de la norma
Decreto Nº 114, que aprueba las modificaciones introducidas en los Estatutos de la Asociación del Club de Vuelos de Bonao, Inc.
(G. O. Nº 9355, del 28 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 114
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Aso-
ciación “Club de Vuelos de Bonao, Inc.”, con su domicilio en el Municipio de Monseñor Nouel, Provincia de La Vega, en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Asociación, por la Asamblea celebrada en fecha 21 de agosto de 1974, así como el cambio de nombre de la misma por el de “Aeroclub Quisqueya, Inc.”;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la Asociación del Club de Vuelos de Bonao, Inc., introducidas en fecha 21 de agosto de 1974, así como el cambio de nombre de dicha Asociación por el de “Aeroclub Quisqueya, Inc.”.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada Asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veint tres días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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