Texto de la norma
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artisdo.
s T de la Constitucirin de la Republica, dicta el siguiente
Art, 3,-Enviese
a las Secretarias de Estado de Interior y
dientes,
DADO en Santo Dorningo de Guzmin, Distrito Naciona4
Capital de la 15epuMica Ihrninicana, a 10s trece dias del mes
rle septienibre deI afm mil nr>vecientos petenta y cuatro, afioE
1319 de la Independencia y I129 de la Rcstauraci6n.
(G. 0. NQ 9354, del 26 de Diciembre de 1974) I
Presidente de la Rcpliblica Dominlcana
Y
señor Generoso Gómez Alonso, de nacionalidad española, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley N° 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana al señor Generoso Gómez Alonso, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.—El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.