Texto de la norma
Decreto Nº 19, que aprueba las modificaciones introducidas en los Estatutos de la Federación Dominicana de Agencias Publicitarias.
(G. O. Nº 9354, del 26 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 19
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría
General de la República, ha elevado al Poder Ejecutivo la Federación Dominicana de Agencias Publicitarias, Inc., en el sentido de que sean aprobadas modificaciones introducidas a los Estatutos de dicha Asociación por la Asamblea celebrada en fecha 3 de diciembre de 1973.
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la Federación Dominicana de Agencias Publicitarias, Inc., introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 3 de diciembre de 1973.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto la indicada Federación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de agosto del año mil novecientos sesenta y cuatro; años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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