Texto de la norma
Decreto N° 17, que integra la Junta Protectora de la Agricultura de San Juan de la Maguana.
(G. O. N° 9354, del 26 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 17
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La Junta Protectora de la Agricultura de San Juan de la Maguana, Provincia de San Juan, queda integrada de la siguiente manera:
*loa
I A, Peguero Matos, Presidents;
Luis .Maris Acosta Geraldo, 2do. Vice-Presider,te;
Ap6n. Leoncio CAceres Castillo, Rliembro ;
Rafael Shnchez, Miembrom
'3
Deseado Acosta Vargas, Miembro;
Art. Z.--Enviese a Ia Secretaria de Estado de Agricultura,
para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo D~mingo de Guz~~~iin,
Distrito Nacional,
'Capital
& .
'de la' Repfiblira Dominicana, a &IS
veintinueve dias .del .
mes #de.
agosto dkl hfic mil novecientos setenta .y cuatro; aiios
131" de la redependencia v
I' 1UP de la ktest;turac%n.
D m t o Nq 18, que desiea c.on el nornbre de "'Hicayag~~8"
la escuefa en
consbmcci6n en 01 .Di&rito Municipal de Guaymate, Provincia de. La
Romann
(G- 0. Nq 9354, del 26 de Diciemhc: de 1974)
J'O,AQUIN BALA'GUEB
GUNSIDERANDO que la sociedad de Padres y Amtgon de
la Escueh del Dktriis Muhichal
A
de Guaymate, Provincia de
La Romana, ha solicitado que a la ercuela que serh inaugurada
pr6xirnamente en la citada villa, se le. asigoe el nornbre de Hi--
caryagua;
I
-.
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