Texto de la norma
Dec. No. 717-08 que deroga el Art. 233 del Dec. 202-08, de fecha 3 de mayo de 2008.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 717-08
CONSIDERANDO: Que la Ley 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes
Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales, de fecha 7 de mayo del 2007, fue
creada para fomentar el desarrollo de fuentes de energía renovables, con el fin de
consolidar el desarrollo y crecimiento macroeconómico, así como la estabilidad y la
seguridad estratégica contribuyendo a crear una opción de menor costo para el país.
CONSIDERANDO: Que la República Dominicana ha ratificado acuerdos comerciales
internacionales que tienen como uno de sus principales objetivos fomentar las inversiones y
facilitar el comercio, a través de marcos legales claros que garanticen al inversionista y sus
inversiones predictibilidad en cuanto a la aplicación de las normas y procedimientos.
CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 202-08, de fecha 30 de mayo del 2008, mediante
el cual se promulgó el Reglamento de Aplicación de la Ley 57-07, sobre Incentivos a las
Energías Renovables y Regímenes Especiales, establece en su Artículo 233 procedimientos
que han burocratizado con un requisito adicional la aplicación de la ley que reglamenta;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Queda derogado el Artículo 233 del Decreto No. 202-08, de fecha 30 de
mayo del 2008.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008),
años 165 de la Independencia y 145 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.