Texto de la norma
Dec. No. 703-08 que declara de utilidad pública e interés social varias porciones de
terrenos en Villas Agrícolas, Distrito Nacional, para ser destinadas por la Secretaría
de Estado de Agricultura, conjuntamente con otros terrenos, en la construcción del
Mercado de Minoristas de la Avenida Duarte, de la Ciudad de Santo Domingo de
Guzmán.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 703-08
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano a través de la Secretaría de Estado de
Agricultura, construye en el Distrito Nacional el Mercado Central de Mayoristas (Merca
Santo Domingo), y los Mercados Minoristas, cuyos proyectos se ejecutan bajo las
condiciones de un convenio suscrito entre el Estado dominicano y el Consorcio Español
Mercasa Incatema Consulting.
CONSIDERANDO: Que dentro del marco de ese convenio, se ha determinado que
terrenos pertenecientes a particulares resultan apropiados a los fines del hacer exitoso el
referido programa, por lo que se hace necesario y útil que el Estado dominicano los declare
de utilidad pública e interés social.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.- Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado
dominicano de una porción de terreno con un área de 18, 690 metros cuadrados, dentro de
la parcela No.1l8-44-Reformada-Porción-C, del D.C. No.4, del Distrito Nacional,
propiedad de la Inmobiliaria Central C. Por A., para ser utilizada por la Secretaría de
Estado de Agricultura, conjuntamente con otros terrenos, en la construcción del Mercado de
Minoristas de la Avenida Duarte, en el sector de Villas Agrícolas, de esta ciudad.
ARTÍCULO 2.- En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de los
terrenos mencionados en el Artículo Primero del presente Decreto, el Administrador
General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto
ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de
los mismos.
ARTÍCULO 3.- Se declara de urgencia que el Estado dominicano a través de la Secretaría
de Estado de Agricultura, entre en posesión de los terrenos antes descritos, a fin de que se
puedan iniciar de inmediato los trabajos de construcción del Mercado de Minoristas de la
Avenida Duarte, debiendo los afectados presentar los documentos probatorios del derecho
de propiedad al Departamento Jurídico de la Secretaría de Estado de Agricultura y/o al
Director Ejecutivo del PROMEFRIN para que se someta al proceso de compensación
correspondiente.
ARTICULO 4.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del
Estado, al Secretario de Estado de Agricultura y al Director Ejecutivo de PROMEFRIN,
para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008),
años 165 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNANDEZ
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