Texto de la norma
Dec. No. 672-08 que deroga el Decreto No. 835-03, de fecha 25 de agosto de 2003, que
declaró de utilidad pública una porción de terreno en el municipio de Miches, Sección
El Jovero, provincia de El Seibo, ascendente a 92.99 tareas nacionales.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 672-08
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano mediante Decreto No.835-03, de fecha 25
de agosto de 2003, declaró de utilidad pública e interés social, una porción de terreno de
noventa y dos punto noventa y nueve (92.99) tareas, dentro del ámbito de la Parcela No.22-
Porción 147, del Distrito Catastral No.48/03, del municipio de Miches, Sección El Jovero,
provincia de El Seibo, para ser utilizada por la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas
en la construcción de las obras de ingeniería, las instalaciones físicas y las torres de
telecomunicaciones necesarias en el marco del proyecto denominado REINTERED.
CONSIDERANDO: Que mediante acto de Donación de Inmueble, del nueve (9) de abril
de 2008, el Sr. Faustino Pion Lappost, donó al Estado dominicano, representado por el
Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas, la cantidad de tres (3) tareas nacionales de
tierras, equivalentes a mil ochocientos ochenta y siete metros cuadrados (1,887 Mts.2),
dentro del ámbito de la Parcela No.22-Porción 147, del Distrito Catastral No.48/03, del
municipio de Miches, Sección El Jovero, provincia de El Seibo.
CONSIDERANDO: Que conforme a lo expuesto en la Comunicación No. 13738, del 9 de
mayo de 2008, y sus anexos, suscrita por el Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas,
Ramón Ant. García, Teniente General, E. N. (DEM), la porción de terreno recibida en
donación resulta suficiente para cumplir los propósitos de la declaratoria de utilidad pública
dispuesta mediante el Decreto No.835-03, de fecha 25 de agosto de 2003, por lo que
recomienda al Poder Ejecutivo la derogación del indicado Decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Queda derogado el Decreto No.835-03, de fecha 25 de agosto de 2003,
que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado
dominicano de una porción de terreno de noventa y dos punto noventa y nueve (92.99)
tareas, dentro del ámbito de la Parcela Número 22-Porción 147, del Distrito Catastral No.
48/3, del municipio de Miches, Sección El Jovero, provincia El Seibo, amparada en el
Certificado de Título No. 88-13, emitido por el Registrador de Títulos del El Seibo.
ARTICULO 2.- Envíese al Registrador de Títulos de El Seibo y a la Secretaría de Estado
de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre de dos mil ocho (2008); años 165
de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
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