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Dec. No. 654-08 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 654-08
VISTAS: La Ley 176-07 del 17 de julio de 2007 y la Ley No.4381 del 10 de febrero de
1956.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se modifica el Artículo 3, del Decreto No.277-00, de fecha 26 de junio del año 2000, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Sartiago de los Caballeros, a vender a la señora Juana Faustina Peralta Polanco, el solar municipal No.1-B, manzana No.32-A, correspondiente a la parcela catastral No.56, del Distrito Catastral No.8, con un área de 263.21 metros cuadrados, ubicado en la calle Ismael de la Cerda No.420, del sector Los Héroes de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, Av. Franco Bidó; al Sur, solar municipal No.1-A; al Este, solar municipal No.1-A; y al Oeste, calle Ismael de la Cerda, por la suma de diecinueve mil setecientos cuarenta pesos con sesenta y cinco centavos 75/100 (RD$19,740.75)”.
ARTÍCULO 2- Se modifica el Artículo 15, del Decreto No.674-05, de fecha 12 de diciembre del año 2005, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Amada Margarita Henríquez Ferreira, el solar municipal No.38-B, de la manzana No.46, correspondiente a la parcela catastral No.154-A (parte), del Distrito Catastral No.6, ubicado en la calle 5 No.51, del sector Francis Caamaño de esta ciudad, con una extensión superficial de 68.90 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.40; al Sur, solar No.38-A; al Este, solar No.36; y al Oeste, calle No.5, por la suma de trece mil setecientos ochenta pesos con 00/100 (RD$13,780.00)”.
ARTÍCULO 3.- Se modifica el Artículo 1, Numeral 5, del Decreto No.48-06, de fecha 3 de febrero del año 2006, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los sucesores del señor Estanislao Castro y compartes, el solar municipal No.1381, manzana No.94, correspondiente a una porción de terreno dentro la parcela catastral No.14, manzana catastral No.157, del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 137.81 metros cuadrados, ubicado en la calle El Sol esquina Capotillo de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1382; al Sur, calle el Sol; al Este, solar municipal No.1380; y al Oeste, calle Capotillo, por la suma de veintisiete mil quinientos sesenta y dos pesos con 00/100 (RD$27,562.00)”.
ARTÍCULO 4.- Se modifica el Artículo 1, Numeral 6, del Decreto No.48-06, de fecha 3 de febrero del año 2006, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
6.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los sucesores de la señora Rosalinda Tolentino de Morel, el solar municipal No.1543, de la manzana No.112, correspondiente a una porción de terreno de la parcela catastral No.15463-A, del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 120.35 metros cuadrados, ubicado en la avenida 3era., No.30 y 22, del sector Gregorio Luperón, de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar de la común Núm.1544; al Sur, solar de la común Núm.1552 ; al Este, solar de la común No.1553; y al Oeste, calle San Luis, por la suma de doce mil treinta y cinco pesos con 00/100 (RD$12,035.00)".
ARTÍCULO 5.- Se modifica el Artículo 23, del Decreto No.515-06 de fecha 17 de octubre del año 2006, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 23.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores César Batista Ramírez y Paula Nereyda Gutiérrez, el solar municipal No.10, de la manzana No.66, correspondiente a una porción de terreno de la parcela catastral No.56, manzana catastral No.53, del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 97.97 metros cuadrados, ubicado en la avenida Independencia del centro de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.11; al Sur, solar municipal No.9; al Este, solar municipal No.21; y al Oeste, calle No.14, por la suma de diecinueve mil quinientos noventa y cuatro pesos con 00/100 (RD$19, 594.00)".
ARTÍCULO 6.- Se modifica el Articulo 50, del Decreto No.571-06, de fecha 21 de noviembre del año 2006, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 50.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Francisco Rubén Sánchez, el solar municipal No.7-C-8-D-3, de la manzana No.5, correspondiente a una porción de terreno de la parcela catastral No.7-C-8-D (parte), del Distrito Catastral No.8, ubicado en Rincón Largo, del municipio de Santiago, con una extensión superficial de 601.04 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle en Proyecto; al Sur, parcela No.7-C-8-E; al Este, calle; y al Oeste, solar municipal No.7-C-8-D-6, por la suma de ciento cuarenta y tres mil ciento veintiséis pesos con 75/100 (RD$143,126.75)".
ARTÍCULO 7.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto No.279-07, de fecha 22 de mayo del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Eugenio Soliman Carpio y Juliana Núñez, el solar municipal No.06, de la manzana No.140, manzana catastral No.53, del Distrito Catastral No.1, designación municipal de solar No.25/96, con una extensión
superficial de 423.06 metros cuadrados, ubicado en la calle Independencia del centro de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, Dercida M. de Rodríguez; al Sur, Fernando Burgos; al Este, calle Nuestra Señora del Rosario; y al Oeste, Resto de Manzana, por la suma de sesenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos con 00/100 (RD$63,459.00)”.
ARTÍCULO 8.- Se modifica el Artículo 12, del Decreto No.620-07 de fecha 23 de octubre del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Artículo 12.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Julio César Blanco, el solar municipal No.1050, de la manzana No.60, correspondiente a una porción de terreno de la parcela catastral No.18, manzana catastral No.53, del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 97.97 metros cuadrados, ubicado en la avenida Independencia del centro de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.1038 y 1039; al Sur, calle Independencia; al Este, solar municipal No.1049; y al Oeste, solares municipales Nos.1035 y 1051, por la suma de veinte mil seiscientos cuarenta pesos con 00/100 (RD$20,640.00)”.
ARTÍCULO 9.- Se modifica el Artículo 13, del Decreto No.369-07, de fecha 17 de julio del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Artículo 13.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Francisco Rubén Sánchez, el solar municipal No.7-C-8-D-1 y 7-C-8-D-2, de la manzana No.5, correspondiente a la parcela catastral No.7-C-8-D (parte), del Distrito Catastral No.8, con una extensión superficial de 601.04 metros cuadrados, ubicado en la calle Proyecto casa sin número del sector Rincón Largo de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, parcela No.7-C-8-C; al Sur, calle en Proyecto; al Este, solar municipal No.7-C-8-D-4; y al Oeste, solar municipal No.7-C-8-C-7, por la suma de ciento noventa y cinco mil trescientos treinta y ocho pesos con 00/100 (RD$195,338.00)”.
ARTÍCULO 10.- Se modifica el Artículo 12, del Decreto No.66-07, de fecha 26 de febrero del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Artículo 12.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Reinaldo de Jesús Taveras Marcano y José Cipriano Taveras Marcano, el solar municipal No.3, 4 y 5 REF. en 3, de la manzana No.9, correspondiente a una porción de terreno de la parcela catastral No.154-A, del Distrito Catastral No.6, con una extensión superficial de 465.84 metros cuadrados, ubicado en la Ave.3era, No.30 y 22, del sector Gregorio Luperón de la ciudad de Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, avenida Tercera; al Sur, solares Nos.44 y 7; al Este, solar No.6; y al Oeste, solar No.2, por la suma de ciento treinta y nueve mil setecientos cincuenta y dos pesos con 00/100 (RD$139,752.00)”.
ARTÍCULO 11.- Se modifica el Artículo 9, del Decreto NO.620-07 de fecha 13 de octubre
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 9.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Ana Rita Jiménez de Cabrera, el solar
municipal NO.64 (antes 304), manzana NO.20 (antes 16), localizada dentro de la parcela
catastral No.2-B-2, porción B, del Distrito Catastral No.1, con un área de 128.98 metros
cuadrados, ubicado en la calle Enrique Deschamps No.5, ensanche Bolívar, de la ciudad de
Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.6 y 7; al Sur,
calle Enrique Deschamps; al Este, solar municipal No.63; y al Oeste, solar municipal
No.65, por la suma de treinta y ocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos con 00/100
(RD$38,694.00)".
ARTÍCULO 12.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto NO.620-07 de fecha 23 de octubre
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Nelsida A. López, el solar municipal
No. 1678-B, de la manzana No.120, correspondiente a la parcela catastral No.71, del
Distrito Nacional No.1, ubicado en la calle Sabana Larga No.26, del centro de la ciudad de
Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: al Norte, calle Pedro F. Bonó; al
Sur, solar No. 1678; al Este, calle Sabana Larga; y al Oeste, solar No. 1678-A, por la suma
de ciento veinte mil pesos con 001100 (RD$120,000.00)".
ARTÍCULO 13.- Se modifica el Artículo 19, del Decreto No.66-07, de fecha 26 de febrero
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 19.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a los sucesores de José Valentín Fernández, el solar
municipal No.88-A-9, de la manzana No.02, correspondiente a una porción de terreno de
las parcelas catastrales Nos.213-B-20, con un área de 2,086.00 metros cuadrados y la
parcela 213-B-12, con un área de 600.09 metros cuadrados, del Distrito Catastral No.06,
ubicado en la Av. Estrella Sadhalá, del sector Los Cerros de Gurabo de la ciudad de
Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.88-A-8; al Sur, solar
municipal NO.88-A 10; al Este, solar municipal No.88-A-10; y al Oeste, avenida Salvador
Estrella S., por la suma de seiscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y un pesos
con 60/100 (RD$644,661.60)".
ARTÍCULO 14.- Se modifica el Artículo 15, del Decreto No.279-07, de fecha 22 de mayo
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Mirian Altagracia Canela Rodríguez, el
solar municipal No. 132-A-14, de la manzana 2, correspondiente a la parcela catastral
No.217-R, del D.C. No.6, con un área corregida de 596.27 metros cuadrados, ubicado en el
sector Villa Progreso de la ciudad de Santiago de los Caballeros y sus mejoras, con los
siguientes linderos: al Norte, calle Juan Bautista Pérez; al Sur, solares Nos. 132-A-16-B y
132-A-16-C; al Este, calle Eduardo León Jiménez; y al Oeste, solar No. 132-A-B, por la
suma de noventa y dos mil trescientos cuarenta pesos con 001100 (RD$92,340.00)".
ARTÍCULO 15.- Se modifica el Artículo 5, del Decreto No.620-07, de fecha 23 de octubre
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora María Silveria Reyes Suero, el solar
municipal No.25, de la manzana 51-bis, correspondiente a la parcela catastral No.219-A,
del D.C. No.6, con un área corregida de 187-89 metros cuadrados, ubicado en la calle O
No.5, del sector Manolo Tavarez y sus mejoras, con los siguientes linderos: al Norte, calle
"O"; al Sur, solar No.26; al Este, calle No.5; y al Oeste, solar No.24, por la suma de treinta
y nueve mil novecientos siete pesos con 50/100 (RD$39,907.00)".
ARTÍCULO 16.- Se modifica el Artículo 3, del Decreto No.414-04, de fecha 4 de mayo
del año 2004, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a los señores sucesores de Isabel María Caba, el solar
municipal No.1491, de la manzana 104, correspondiente al solar catastral No.20, de la
manzana catastral No.198, del D.C. No.1, con un área corregida de ll8.50 metros
cuadrados, ubicado en la calle Colón No.78, centro de la ciudad de Santiago de los
Caballeros y sus mejoras, con los siguientes linderos: al Norte, solar propio; al Este, solar
Propio; al Sur, solar municipal N 0.1490; al Oeste, calle Colón, por la suma de cuarenta mil
doscientos noventa pesos (RD$40, 290.00)".
ARTÍCULO 17.- Se modifica el Artículo 1, numeral 2, del Decreto No.38-05, de fecha 31
de enero del año 2005, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Aridis Mercedes Ortiz de Santos, el solar
municipal No.ll y 10, manzana D-A, correspondiente a la parcela catastral No.219 (parte),
del D.C. No.06, con un área corregida de 535.90 metros cuadrados, ubicado en la calle
Gregorio Ureña No.15, del sector Villa Progreso de la ciudad de Santiago de los Caballeros
y sus mejoras, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.9; al Este, callejón;
al Sur, solar municipal No.12; al Oeste, parcela No.219 (Resto), por la suma de ciento un
mil ochocientos veintiún pesos (RD$101,821.00)".
ARTÍCULO 18.- Se modifica el Artículo 4, del Decreto No.414-04, de fecha 5 de mayo
del año 2004, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a los señores sucesores de Isabel María Caba, el solar
municipal No.1488, de la manzana 104, correspondiente al solar catastral No.17, de la
manzana catastral No.198, del D.C. No.1, con un área corregida de 103.21 metros
cuadrados, ubicado en la calle Colón No.78, centro de la ciudad de Santiago de los
Caballeros y sus mejoras; con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1489; al
Este, solar municipal No.Propio; al Sur, solar municipal N 0.1487; al Oeste, calle Colón, por
la suma de treinta y cinco mil noventa y un pesos con cuarenta centavos (RD$35, 09l.40)".
ARTÍCULO 19.- Se modifica el Artículo 30, del Decreto No.66-07, de fecha 26 de febrero
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora María Altagracia Toribio, el solar
municipal No.ll, de la manzana "C", correspondiente a la parcela catastral No.2-B-2-A,
porción "B" del D.C. No.1, con un área corregida de 200.00 metros cuadrados, ubicado en
la calle "E" No.14, del sector Ensanche Caonabo de Santiago y mejoras en casa de block,
con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.10; al Sur, solar municipal No.12;
al Este, calle "E"; al Oeste, solar municipal No.9, por la suma de treinta mil pesos
(RD$30, 000.00)".
ARTÍCULO 20.- Se modifica el Artículo 3, del Decreto No.90-04, de fecha 6 de febrero
del año 2004, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender al señor Ernesto Julio Jerez Moreno, el solar municipal
No.06, de la manzana 37, correspondiente a la parcela catastral No.56, del D.C. No.8, con
un área corregida de ll3.75 metros cuadrados, ubicado en la calle Pablo Rojas, del sector
Los Héroes de la ciudad de Santiago y sus mej oras, con los siguientes linderos: al Norte,
solar municipal No.5; al Este, calle Pablo A. Rojas; al Sur, solar municipal No.7; al Oeste,
solar municipal No.38, por la suma de treinta mil cuarenta pesos (RD$30,040.00)".
ARTÍCULO 21.- Se modifica el Artículo 13, del Decreto No.65-07, de fecha 26 de febrero
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 13.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Domingo Antonio Vargas Reynoso y
María Josefa de Jesús Tavares Santos, el solar municipal No.1657, de la manzana 113,
correspondiente a la parcela catastral No.10, manzana catastral 63, del D.C. No.1, con un
área corregida de 123.06 metros cuadrados, ubicado en la calle Mella No.8, de la ciudad de
Santiago y sus mejoras, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1566; al
Este, calle Mella; al Sur, solar municipal No.1568; al Oeste, solar municipal No.1565, por
la suma de sesenta y tres mil ciento cincuenta pesos (RD$63,150.00)".
ARTÍCULO 22.- Se modifica el Artículo 15, del Decreto No. 149-07, de fecha 22 de marzo
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Aurora Acosta y compartes, el solar
municipal No. 1337, de la manzana 89, correspondiente al solar catastral No.5, de la
manzana catastral 151, del D.C. No.l, con un área corregida de 179.75 metros cuadrados,
ubicado en la calle Máximo Gómez No. 13, del sector La Joya de la ciudad de Santiago de
los Caballeros y sus mejoras en casa de block, con los siguientes linderos: al Norte, calle
Máximo Gómez; al Este, solar municipal No.1338; al Sur, solares municipales Nos. 1355 y
1354; al Oeste, solar municipal No. 1336, por la suma de treinta y cinco mil ciento
novecientos cincuenta pesos (RD$35,950.00)".
ARTÍCULO 22.- Se modifica el Artículo 13, del Decreto No. 149-07, de fecha 22 de marzo
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 13.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender al señor José Eduviges De León Hilario, el solar
municipal No. 13, de la manzana 21, correspondiente a la parcela catastral No.154-a, del
D.C. No.6, con un área corregida de 76.37 metros cuadrados, ubicado en la calle 01 No.12,
del sector Gregorio Luperón de la ciudad de Santiago de los Caballeros y sus mejoras, con
los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.14; al Este, solar municipal No.8; al
Sur, solar municipal No.12; al Oeste, calle No.l, por la suma de quince mil doscientos
setenta y cuatro pesos (RD$15,274.00)".
ARTÍCULO 23.- Se modifica el Artículo 11, del Decreto No. 149-07, de fecha 22 de marzo
del año 2007, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 11.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Petronila Verónica Rodríguez Melo, el
solar municipal No.18, de la manzana lO, correspondiente a la parcela catastral No.129-A,
del D.C. No.6, con un área corregida de 321.35 metros cuadrados, ubicado en la carretera
Jacagua No.l, del sector Manolo Tavarez y sus mejoras, con los siguientes linderos: al
Norte, solar municipal No.17; al Este, carretera a Jacagua; al Sur, solar municipal No.19; al
Oeste, solar municipal No.45, por la suma de treinta y dos mil ciento treinta y cinco pesos
(RD$32,135.00)".
ARTÍCULO 24.- Se modifica el Artículo 14, del Decreto No.762-03, de fecha 12 de
agosto del año 2003, para que se lea y rija de la manera siguiente:
"Artículo 11.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, a vender al señor Miguel Ángel Collado, el solar municipal
No.23, de la manzana 46, correspondiente a la parcela catastral No.129-A, del D.C. No.6,
con un área corregida de 108.36 metros cuadrados, ubicado en la calle No.8, del ensanche
Caonabo de la ciudad de Santiago y sus mejoras, con los siguientes linderos: al Norte, solar
municipal No.47; al Sur, solar municipal No.45; al Este, solares municipales Nos.2, 3 y 4; Y
al Oeste, calle No.ll, por la suma de diez mil ochocientos treinta y seis pesos
(RD$10,836.00)".
ARTÍCULO 25.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a favor de Pedro Francisco Alba Santana, un solar ubicado en la calle No.11 esquina a la calle No.6, del barrio Bermúdez, con una extensión superficial de 73.38 metros cuadrados, dentro de la parcela catastral No.137, del Distrito Catastral No.6, con designación municipal del solar No.1, manzana No.3-R-7, con los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.2 y 43; al Sur, calle No.11; al Este, calle No.6; y al Oeste, solar No.4, por la suma de veintisiete mil quinientos diecisiete pesos con 50/100 (RD$27,517.50).
ARTÍCULO 26.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia de Monte Plata, a vender a favor de Juana C. Torres Carreras y Guadalupe Fabián Beltrán, un solar que está dentro de la parcela No.42, del D.C. No.64 B, del municipio de Monte Plata, con designación municipal del solar No.075/2002, con un área corregida de 318.98 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Sra. Josefina Sebastian; al Sur, (Resto) Parcela No.42; al Este, calle Juan Mejía; y al Oeste, (Resto) parcela No.42, por la suma de sesenta y tres mil seiscientos dieciséis pesos con 00/100 (RD$63,616.00).
ARTÍCULO 27. – Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil ocho, año 164 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.