Texto de la norma
Dec. No. 641-08 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar domicilio en la
República Dominícana.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República DomillÍcana
NUMERO: 641-08
VISTAS: Las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han
elevado al Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva
del presente Decreto;
VISTO: El Artículo 13, del Código Civil de la República Dominicana;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a la compañía Tropicalia Holdings International Limited,
sociedad comercial, organizada de conformidad con las leyes de Barbados, con su
domicilio principal en el número 13, 8th Avenue, Belleville, S1. Michael, Barbados, a fijar
domicilio en la República Dominicana.
Artículo 2.- Se autoriza a la compañía Hatch Associates International, LTD, sociedad
comercial, organizada de conformidad con las leyes de Barbados, con su domicilio
principal en Whitepark House, Whitepark Road Bridgetown, Barbados, a fijar domicilio en
la República Dominicana.
Artículo 3.- Se autoriza a la compañía Servicios Aéreos Profesionales INC., sociedad
comercial, organizada de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, con su domicilio principal en la calle 92, Bloque 98 número 18, Villa Carolina,
Carolina, Puerto Rico 00985, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 4.- Se autoriza a la compama TBO W orking, S. L., sociedad comercial,
organizada de conformidad con las leyes de España, con su domicilio principal en el 08221
Terrassa, Barcelona, Calle Mayor, número 40, España, a fijar domicilio en la República
Dominicana.
Artículo 5.- Se autoriza a la compañía Perdrix, S. A., sociedad comercial, organizada de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, con su domicilio principal en la
ciudad de Panamá, República de Panamá, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 6.- Se modifica el Artículo 4 del Decreto 59-08, del 4 de febrero de 2008, para
que en lo adelante rija de la siguiente manera:
"Artículo 4.-Se autoriza a la compañía Estrela LLC, sociedad comercial organizada de
conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de Norteamérica, con
su domicilio principal en el Corporation Trust Center, 1209 Orange Street, Wilmington,
New Castle, Delaware, Estados Unidos de Norteamérica, a fijar domicilio en la República
Dominicana. "
Artículo 7.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines
correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes octubre del año dos mil ocho (2008), años 165 de
la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
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