Texto de la norma
Decreto Nº 4840, que aprueba las modificaciones introducidas en los estatutos de la "Asociación de Representantes y Agente de Productos Farmacéuticos, Inc".
(G. O. Nº 9353, del 24 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4840
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría
General de la República, ha elevado al Poder Ejecutivo la "Asociación de Representantes y Agentes de Productos Farmacéuticos, Inc.", en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Asociación por la Asamblea celebrada en fecha 15 de febrero de 1974.
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuninario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la "Asociación de Representantes y Agentes de Productos Farmacéuticos, Inc.", introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 15 de febrero de 1974.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada Asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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