Texto de la norma
Decreto Nº 4819, que autoriza al Sr. Baudilio E. Rivera Cedeño a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9351, del 4 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4819
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Baudilio Eustaquio Rivera Cedeño dominicano, mayor de edad, soltero, estudiante, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en [domicilio omitido]. Pumarol de la ciudad de Higuey, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944 para cambiar su nombre por el de Luis Baudilio Rivera Cedeño;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 10 de junio de 1974, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por el señor Baudilio Eustaquio Rivera Cedeño, para que pueda cambiar su nombre por el de Luis Baudilio Rivera Cedeño;
VISTOS los articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos de Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Baudilio Eustaquio Rivera Cedeño, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Luis Baudilio Rivera Cedeño.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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