Texto de la norma
Decreto Nº 4812, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higuey a vender varios solares de su propiedad. (G. O. Nº 9351, del 4 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4812
VISTAS las certificaciones expedidas por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Higuey, en fechas 15, 21 de noviembre y 5 de diciembre del año 1974, correspondientes a las Actas de las sesiones Nos. 12—73 y 15—73, de fechas 1 de octubre y 17 de noviembre de 1973, respectivamente;
e) So3ar NV 7 de :a Manzana NO 127-Provisiona1,
del Dis-
trito Catastral N9 1 de aicho Munic:pio, con un area de 301.24
metros cuadradbs, valorado en la Suma de RDY;BU2,48, en f a v w
de la sefiora. Marcea Nufiez, en el citado solar la rnenciomiik
#sefiora
h
tkne construida ima casa para vivimda familiar;
d) So-ar NQ IO, de la Mauzana Np 43 del Distrito Catastrai
SN9 1 de dicho Munic:ipio.: con un Area de 229.84 metros cuadra-:
dus, va lorado en la surna de RD$459 68, en favor de la sefiwal
Julia A. Nftiez Barreto, en dicho solar la mencionada wSara
tiene construida una casa para vivienda familiar;
de;:
rrito Catastral N° 1, de dicho Municipio, con un área de 164.77 metros cuadrados, valorado en la suma de RD$329,54, en favor de la señora Victoriana Pereyra de Alvarado, en dicho solar la mencionada señora tiene construida una casa para vivienda familiar; y
f) Dos porciones de terreno en favor de la Sociedad Industrial Dominicana, C. por A., correspondientes, la primera a los Solares Nos. 10 y 11 de la Manzana N° 40 del Distrito Catastral N° 1 del citado Municipio, con un área total de 1,648.21 metros cuadrados, ubicados en la Avenida Altagracia esquina Las Carreras; y la segunda al solar sin designación catastral situado en la Avenida Altagracia esquina Ursula Morel, con un área de 11,798.46 metros cuadrados, ambas porciones tienen un valor total de RD$30,667.05. En las referidas porciones de terreno la mencionada Sociedad se propone ampliar y modernizar sus instalaciones de secadora y depósitos para la distribución de semillas y compra de maní, lo cual redundará en beneficio de los cosecheros de maní del citado Municipio.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER.
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