Texto de la norma
(G. 0. X* 9351, &el 4 de Dicienibre de 1974)
NUMERO 4770
VISTA la instancia deh fecha 18 de julio de 1974, elevda
a1 Poder Ejecutivo por AEROVIAS CONDOR DE COLOMBIA 3
S. A. (AEBOCONOOR) sociedad anonirna organizada y e-xis-
tente de acuerdo con 1a.s leyes. de la Repfiblica de Colombia, 2011
s u domicilio en la ciudad de Barranqui la, capital del Departan-
mento del Atlantic0 del mencionado pais., debidamente repre-
msentada en la Repliblica por el Lie. Federico Nina hijo, abogado
con esLudio profesioiial abmto en un apartamiento de la segun-
da planta de_ edificio denominado “lUJI3LEb - 5Y xnarcado con
nlimero 55 de la Avenida “LOPE DE VEGA”, Ensanche “EA-
VSSTOS 10s documentos que aconipafian dicha instancia ;
VISTAS las disposEc?ones del artfculo 13 del C6digo Civil:
En ejercicio de las atribuciones que W1e canfiere el artjcuh
\
55 de la Constitucicin de la Repitb‘ica, dicto el siguiente
ARTICULO UNICO*---Se autoriza a la
“AERO-.
VIAS CONDOR DE COLOMBIA, S. A." (AEROCONDOR), sociedad anónima constituida y organizada de acuerdo con las leyes de la República de Colombia, con su domicilio en la ciudad de Barranquilla, capital del Departamento del Atlántico del mencionado país, debidamente representada en nuestra República por el Lic. Federico Nina hijo, a fijar su domicilio en la República Dominicana.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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