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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4740

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO. 19-74-C, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 oct de 1974fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9351Gaceta Oficial del 4 dic de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$54,400 · en el texto: «RD$54,400.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4740, que aprueba la Resolución N° 19-74-C, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. N° 9351, del 4 de Diciembre de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4740 CONSIDERANDO que la empresa CEPILLOS NACIONALES, obtuvo del Directorio de Desarrollo Industrial la clasificación en la Categoría "C", a fin de acogerse a los beneficios de la Ley N° 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que para dictar su Resolución el Directorio de Desarrollo Industrial comprobó que la empresa solici- tante reunía las condiciones exigidas por la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968; VISTO el artículo 58 de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 19—74—C del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 12 de febrero de 1974. Resolución Nº 19—74—C CONSIDERANDO: Que la firma CEPILLOS NACIONALES del Ing. GENARO J. PEREZ PEÑA, portador de la cédula de identificación personal [omitida], presentó al Departamento Técnico Industrial una solicitud registrada en fecha 23 de noviembre de 1973 con el Nº 60—73, para ser clasificada en la Categoría "C" y acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial. CONSIDERANDO: Que la referida firma producirá cepillos de fibras sintéticas para uso en el hogar o industria. VISTO: El informe favorable rendido por el Departamento Técnico Industrial, del cual se transcriben los siguientes puntos: Inversión total: RD$54,400.00 Localización: Sto. Domingo (calle 16 Nº 55, Ens. Piantini) Tipo de proyecto: Nuevo i d I_ Empleos a crear: 8 Valor agregado : RD$69,490.00 gfecto sobre la distrlbuci6n del ingreso : Positivo Sohencia moral y econ6rnica: Satisfactoria. VPSTOS: Ros axticulos 9, 11, 12; 17, 24, 25, 36, 38 y 40 de. la Ley No 299 del 23 de abril de 1968. En ejer-cicio de !as facultades que nos confiere dicha ley R E S U E L V E : PRIMERO:m Clasificar a kt firma CEPILLOX NACIONA- LES:, en la Categoria “C”. O f aiicis, en proportion de un 6010, de todos 10s derechos e imputts- tos de im-portaci6n y demas graviirnenes conexos, inchyendo el arancel, 10.s impuestos unificados y 10s de cofisumo interno G L I ~ incidan sobrae la nnportaci6n anual de 40,000 libras de fib::as ;sint&ticas calibres de 0.012” a1 0.060’’ y 8,000 ibras de .a:arnbrc: calibres del 20 a1 30 trpo VM, ciones que pone a su cargo la Ley Nº 299 de fecha 23 de abril de 1968. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los doce (12) días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro (1974); años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración. Federico Antún, Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. Yo, Lic. Rafael Angeles Suárez, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: que esta decisión fue tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial, en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el día 12 de febrero de 1974, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. Lic. Rafael Angeles Suárez, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial". Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de julio del mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona