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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4612

QUE MODIFICA EL ARTICULO UNICO DEL DECRETO NO.2696, DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 1972

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jun de 1974fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9339Gaceta Oficial del 24 jul de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4612, que modifica el Articulo Unico del Decreto N° 2596, del 4 de septiembre de 1972. (G. O. N° 9339, del 24 de Julio de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4612 CONSIDERANDO que es conveniente ampliar la Comisión designada mediante Decreto N° 2596, del 4 de septiembre de 1972, para el estudio de los problemas que ocasiona la contaminación de nuestro medio ambiente, con el propósito de adoptar las medidas necesarias para la debida solución de los mismos; VISTO el Decreto N° 2596, de fecha 4 de septiembre de 1972; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se modifica el ARTICULO UNICO del Decreto N° 2596, de fecha 4 de septiembre de 1972, para que rija del siguiente modo: "ARTICULO UNICO.— Se crea una Comisión que se encargará de estudiar los problemas que ocasiona la contaminación de nuestro medio ambiente, la cual estará integrada de la siguiente manera: El Director de la Defensa Civil, quien la presidirá; El Secretario de Estado de Industria y Comercio; el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social; el Secretario de Estado de Trabajo; el Síndico del Distrito Nacional; el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado; el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos; el Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones; el Director de Caza y Pesca de la Secretaría de Estado de Agricultura; Licenciado Ambrosio Alvarez A.; Doctor Rafael González Manzanett; señor Alberto Arvelo; Arquitecto Manuel Valverde; Ingeniero Federico Infante C.; Licenciado Hugo Rivera; Señor Miguel Anglada; Doctor Eladio Kinniping; Ingeniero Juan Ulises García Bonnelly; Doctor Frank Marino Hernández; Doctor Miguel Angel Lajara Persia; Ingeniero Heriberto de Castro; Arquitecto Benjamín Paiewonsky; señor Benito Monción e Ingeniero José Ramón Montes Suazo. Art. 2.—Dicha Comisión luego de realizar los estudios de los problemas que ocasiona la contaminación de nuestro medio ambiente, deberá rendir un informe al Poder Ejecutivo con las recomendaciones pertinentes, respecto de las medidas a tomar para la debida solución de los mismos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona