Texto de la norma
Decreto N° 4513, que autoriza al Sr. Aliro Paulino hijo, a aceptar y usar una condecoración extranjera.
(G. O. N° 9324, del 11 de Mayo de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4513
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el señor Aliro Paulino hijo, Ayudante Civil del Presidente de la República, con rango de Subsecretario de Estado mediante la cual solicita la autorización necesaria para aceptar y usar la medalla "Gonzalo Jiménez de Quezada", que le fuera concedida en fecha 26 de marzo de 1974, por la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. E., República de Colombia.
VISTAS las disposiciones de la Ley N° 1325, de fecha 13 de enero de 1947, y del Reglamento N° 4157, del 4 de febrero de 1957;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Aliro Paulino hijo, Ayudante Civil del
Señor Presidente de la República, con rango de Subsecretario de Estado, queda autorizado a aceptar y usar la medalla "Gonzalo Jiménez de Quesada", que le ha sido concedida por la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. E., República de Colombia.
Art. 2.—Comuníquese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de abril del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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