Texto de la norma
Decreto Nº 4448, que deroga el Decreto Nº 8067, de fecha 30 de abril de 1962.
(G. O. Nº 9834, del 11 de Mayo de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4448
CONSIDERANDO que el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo ha solicitado la derogación del Decreto Nº 8067, de fecha 30 de abril de 1962, mediante el cual se le concedió el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Crédito y Consumo de los Detallistas de Provisiones del Distrito Nacional, Inc., en razón de no reunir dicha Cooperativa, en la actualidad, los requisitos exigidos por la Ley Nº 127 sobre Asociaciones Cooperativas;
VISTAS las Leyes Nos. 127, sobre Asociaciones Coopera-
tivas de fecha 27 de enero de 1964 y Nº 31 de fecha 25 de octubre de 1963;
VISTA la Comunicación Nº 4312 de fecha 3 de octubre de 1973 del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Queda Derogado el Decreto Nº 8067, de fecha 30 de abril de 1962, que concedió la incorporación a la Cooperativa de Crédito y Consumo de los Detallistas de Provisiones del Distrito Nacional, Inc.
Art. 2.—Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de abril del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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