Texto de la norma
Decreto Nº 4432, que autoriza al Ayto. del Municipio de Moca a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9333, del 25 de Abril de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4432
VISTAS las copias de las Actas correspondientes a las sesiones celebradas por el Ayuntamiento del Municipio de Moca, en fecha 18 de agosto de 1965 18 de julio de 1966, 11 de enero de 1972 y 9 de julio de 1973, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley Nº 4381 de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley Nº 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del
Municipio de Moca a vender los solares de su propiedad que se indican a continuación:
a) Solar Nº 7 de la Manzana Nº 122, del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio en favor de la señora Eva Antonia Espinal, con un área de 247.08 metros cuadrados, por el precio de RD$1,235.40, a razón de RD$5.00 el metro cuadrado. La mencionada señora ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual ha construido una casa para su vivienda familiar;
b) Solar Nº 12, de la Manzana Nº 9-provisional, ubicada dentro de la parcela Nº 2-B, del Distrito Catastral Nº 2, de dicho Municipio en favor de la señora Luisa Sánchez de Lora, por el precio de RD$2,241.78. La mencionada señora ocupa en arrendamiento el citado solar, en el cual tiene una área de 594.54 metros cuadrados, donde ha construido una casa para su vivienda familiar; y
c) Solares Nos. 2 y 3 ubicado dentro de la Manzana Nº 1, (provisional) de la Parcela Nº 2 del Distrito Catastral Nº 2, de dicho Municipio, en favor del señor Juan Francisco Rodríguez, con una área de 689.92 metros cuadrados, el primero, y de 755.63 metros cuadrados, el segundo, por el precio total de RD$4,714.46. En los citados solares el mencionado señor construirá una casa para su vivienda familiar, la cual contribuirá notablemente al auge urbanístico de la referida localidad.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días mes de marzo del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131º de la Independencia y ---º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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