Texto de la norma
Decreto N° 4427, que aprueba la Resolución N° 136-73-C, del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. N° 9333, del 25 de Abril de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4427
CONSIDERANDO que la firma RECUPERADORA Y PRODUCTORA DE METALES NO-FERROSOS, C. POR A., obtuvo del Directorio de Desarrollo Industrial la clasificación en la Categoría "C" a fin de acogerse a los beneficios de la Ley N° 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que para dictar su Resolución el Directorio de Desarrollo Industrial comprobó que la firma solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley N° 299 del 23 de abril de 1968;
VISTO el Artículo 38 de la Ley N° 299 del 23 de abril del año 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
VISTOS: El informe favorable rendido por el Depsrtame!2-
t o "i'ecnico Industrial, deli cud se tranacriben 108 siguientss
- puntus:
'Tip0 de proyecto: Nuevo
Empleos a crear: 15
Valor agregado : RD$26,466.00
Efecto sobre la :distribution del ingreso: Positive
Sohencia mora7: y econ6mica: Satisfactoria.
VISTOS: Los artkulos 9, 11, 12, I?, 24 9 25, 36, 38 y 48 de!
la Ley NP 299 del 23 de-abril de 1968.
:En ejemiclo de las facultades que
.R E S U E L V E
Y
Interno. que incidan
J
-
sobre 10s si-
Nornbre de 10s Articulos
Libras an
A
t
irnonio
50,000
1iibra.s estafio puro,
monial pars bateriar.
valor y cantidad de 'as materIas primas y manterjaleg
importados con liberaci6n de derechon.
i. i
petitivo, incluyendo en la comparación de precio todos los derechos de importación del producto competidor.
c) La empresa deberá cumplir con todas las demás obligaciones que pone a su cargo la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los siete (7) días de mes de diciembre del año mil novecientos setenta y tres (1973); años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración. José A. Brea Peña, Secretario de Estado de Industria y Comercio, Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial.
YO, LIC. RAFAEL ANGELES SUAREZ, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fue tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio el 7 de diciembre de 1973, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. Lic. Rafael Angeles Suárez, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial."
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los veintisiete días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.