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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4417

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO.114-73-MC, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 mar de 1974fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9333Gaceta Oficial del 25 abr de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4417, que aprueba la Resolución N° 114-73-MC, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. N° 9333, del 25 de Abril de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4417 CONSIDERANDO que la firma FINANCIERA TEXTIL C. por A., fue clasificada en la Categoría "C" mediante Resolución N° 23—69, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 14 de marzo de 1969, aprobada por el Decreto N° 3674 de 27 de mayo de 1969, modificada por la Resolución N° 169-73-MC, de dicho Directorio, de fecha 8 de octubre de 1971, aprobada por el Decreto N° 3362 del 13 de abril de 1973; CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial juzgó favorablemente la solicitud de que se trata; VISTOS los Artículos 23 y 38 de la Ley N° 299 de Incentivo y Protección Industrial de fecha 23 de abril de 1968; VEST0 : 21 informe favorable rendido por el Departamell- to 'Thcnico Industrial. R E S U E L V E : que disfruta la firma FINANCIERA TEXTIL, C. POR A., por el resto del período de la clasificación y en a misma proporción del 90%, los articuos que se indican a continuación, anualmente. Filamentos sintéticos de texti es De 150,000 a 555,000 Kilos Colorantes varios textiles De 500 a 10,000 Kilos Descrudentes textiles 800,000 Kilos Soda cáustica 20,000 Kilos Detergentes textiles 10,000 Kilos Fijadores textiles 15,000 Kilos Suavizantes textiles 25,000 Kilos Anilinas y productos químicos textiles De 500 a 10,500 Kilos SEGUNDO: Solicitar al Poder Ejecutivo modificar en cuanto sea necesario los señalados Decretos Nos. 3673 y 3362. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los quince (15) días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y tres (1973), años 130° de la Independencia y 110° de la Restauración. Dr. José R. Díaz Valdepares, Subsecretario de Estado Encargado de la Secretaría de Industria y Comercio, Presidente en funciones del Directorio de Desarrollo Industrial. YO, LIC RAFAEL ANGELES SUAREZ, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fue tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el 15 de agosto de 1973, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. Lic. Rafael Angeles Suárez, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial" Art. 2.—Se modifican en cuanto sea necesario los Decretos Nos. 3673 y 3362 del 27 de mayo de 1969 y 13 de abril de 1970, en lo que sigue a continuación. Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona