Texto de la norma
Decreto Nº 4300, que excluye una porción de terreno del Decreto de declaratoria de utilidad pública e interés social Nº 543, del 31 de diciembre de 1970.
(G. O. Nº 9329, del 9 de Marzo de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4300
CONSIDERANDO que en fecha 31 de diciembre de 1970 fue dictado el Decreto Nº 543, por medio del cual se declaró de utilidad pública e interés social por ser necesaria para la ampliación de la Autopista Duarte en los tramos John F. Kennedy-Cruce Herrera y Paso Elevado Duarte con la Avenida Luperón, la adquisición por el Estado Dominicano, de una extensión de terreno de aproximadamente 130,000.00 metros cuadrados, comprendida dentro de las Parcelas Nos. 26-A-Ref. y 110 Ref.-780 del Distrito Catastral Nº 4 del Distrito Nacional, encontrándose esta última en los Solares Nos. 1 y 2 propiedad de la Antilla Motors Company, C. por A. y Antonio Martinez Francisco.
CONSIDERANDO que de los indicados solares que tienen una extensión superficial en conjunto de más o menos 6,300.00 metros cuadrados, fue utilizada una porción de más o menos 1,500.00 metros cuadrados quedando unos 4,000.00 metros cuadrados sin utilizar;
VISTA la solicitud formulada por la Antilla Motors Company, C. por A. y su Presidente Antonio Martínez Francisco, en el sentido de que les sea restituida la porción de terreno no utilizada;
VISTA la Ley Nº 344, de fecha 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Queda excluído del Decreto de declaratoria de utilidad pública e interés social Nº 513 de fecha 31 de diciembre de 1970, una porción de terreno con área de más o menos 4,800.00 metros cuadrados, ubicada dentro de los Solares Nos. 1 y 2 de la Parcela Nº 110-Ref.-780, del Distrito Catastral Nº 4 del Distrito Nacional, propiedad de la Antillas Motors Company, C. por A. y Antonio Martínez Francisco.
Art. 2.—Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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