Texto de la norma
Decreto N° 4279, que autoriza la impresión de sellos postales. (G. O. N° 9328, del 25 de Febrero de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4279
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas N° 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:
1,000,000 (Un millón) de sellos del valor de dos centavos a colores;
1,000,000 (Un millón) de sellos del valor de seis centavos, a colores;
500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores;
500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de veinticinco centavos, a colores.
Art. 2.—Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular de 40 x 30 milímetros y mostrarán como motivo principal una reproducción del Palacio de los Deportes construído en el Centro Olímpico "Juan Pablo Duarte", así como dos figuras humanas en acción deportiva; hacia el lado izquierdo del ángulo superior aparecerá la leyenda "República Dominicana", en dos renglones e inmediatamente debajo del símbolo de los Duodécimos Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe; hacia la esquina derecha del ángulo superior llevarán el valor facial expresado así: "2c" e inmediatamente debajo la palabra "CORREOS" en sentido vertical desde arriba hacia abajo; hacia el lado izquierdo del ángulo inferior se leerá la inscripción XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe", Santo Domingo 1974", en cuatro renglones, así como se verá el simbolo correspondiente al juego de basket-ball.
Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular, de 40 x 30 milímetros y mostrarán como motivo principal una reproducción del velódromo construído en el Centro Olímpico "Juan Pablo Duarte", así como una figura humana montada en una bicicleta; hacia la parte central del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana" en dos renglones, y en la esquina izquierda del mismo ángulo, el valor facial expresado así: "6c" e inmediatamente debajo la palabra "CORREOS"; en el ángulo derecho tendrán la inscripción "Santo Domingo 1974", en sentido vertical desde arriba hacia abajo, en la parte central del ángulo inferior se leerá la inscripción "XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe"; en tres renglones; en la esquina izquierda del ángulo inferior aparecerá el simbolo del ciclismo y en la esquina derecha del mismo ángulo, el simbolo de los Duodécimos Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe.
Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular de 40 x 30 milímetros y mostrarán como motivo principal la re-
producción de la piscina construída en el Centro Olímpico "Juan Pablo Duarte", así como una figura humana en posición de lanzamiento; hacia el lado izquierdo del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana" y hacia el lado derecho del mismo ángulo el valor facial expresado así: "10c"; en el ángulo derecho aparecerán las palabras "CORREO AEREO" en sentido vertical desde arriba hacia abajo; hacia el lado izquierdo del ángulo inferior, tendrán la inscripción "XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe" en tres renglones y hacia la parte derecha del mismo ángulo el símbolo de dichos juegos, así como la inscripción "Santo Domingo 1974".
Los sellos de veinticinco centavos serán de forma rectangular, de 40 x 30 milímetros y mostrarán como motivo principal la reproducción del Estadio construído en el Centro Olímpico "Juan Pablo Duarte", así como tres figuras humanas en acción deportiva; en la parte central del ángulo superior tendrán la inscripción "XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe", en tres renglones; en la esquina izquierda del mismo ángulo aparecerá el valor facial expresado así: "25c" e inmediatamente debajo las palabras "CORREO AEREO" y en la esquina derecha el símbolo de los mencionados juegos; hacia el lado izquierdo del ángulo inferior se leerá la inscripción "Santo Domingo 1974" e inmediatamente debajo la leyenda "República Dominicana" en dos renglones.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.