Decreto Nº 4278, que autoriza la impresión de estampillas para fósforos. (G. O. Nº 9328, del 25 de Febrero de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4278
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para fósforos:
5,000.000 (CINCO MILLONES) estampillas de cuatro novenos de centavo, las cuales serán impresas en color verde.
Estas estampillas serán de un tamaño de 36 (treintiseis) milímetros de largo por 16 (dieciseis) milímetros de ancho y con el siguiente diseño: en el centro y dentro de una figura rectangular el número que corresponda al tipo del impuesto (4/9). Encima de este número la palabra "Cuatro Novenos de Centavo" y debajo la palabra "Fósforos". En la parte superior se leerá "República Dominicana". "Rentas Internas".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona