Texto de la norma
Decreto Nº 432, que autoriza a la Sra. Luz Seneida Durán Abréu, a cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9363, del 26 de Febrero de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 432
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Luz Seinada Durán Abreu, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Cruz Zenaida Durán Abreu;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 20 de septiembre de 1974, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señora Luz Seinada Durán Abreu, para que pueda cambiar su nombre por el de Cruz Zenaida Durán Abreu;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Luz Seinada Durán Abreu, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Cruz Zenaida Durán Abreu.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 111° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.