Texto de la norma
Decreto Nº 429, que autoriza a la Sra. Enegilda A. Rosario Santana de Burgos a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9363. del 26 de Febrero de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 429
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Enegilda Ana Rosario Santana Bencosme de Burgos, dominicana, mayor de edad, casada, de quehaceres del hogar, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en la Sección El Rancho, del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Ana Rosario Santana Bencosme de Burgos;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 17 de septiembre de 1974, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señora Enegilda Ana Rosario Santana Bencosme de Burgos, para que
pueda cambiar su nombre por el de Ana Rosario Santana Bencosme de Burgos;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Enegilda Ana Rosario Santana Bencosme de Burgos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Rosario Santana Bencosme de Burgos.
Art 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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