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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 44

QUE AUTORIZA LA EMISION DE SELLOS SEMI-POSTALES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 sept de 1974fecha
Otrostipo
G. O. 9354Gaceta Oficial del 26 dic de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 44, que autoriza una emisión de sellos semi-postales. (G. O. Nº 9454, del 26 de Diciembre de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 44 VISTA la Ley Nº 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950; VISTA la Ley Nº 2552, de fecha 19 de noviembre de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se autoriza una emisión de 2,000,000 (DOS MILLONES) de sellos semi-postales, de la denominacion de un centavo, para contribuir a los propósitos de protección a la infancia. Art. 2.—Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de ancho por 40 milímetros de alto, con las siguientes características en su diseño: de color marrón; a todo el ancho del ángulo superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; hacia la parte superior izquierda mostrarán la figura de dos campanillas atadas, con un ramo de flores de pascua, símbolo tradicional de las fiestas navideñas; a la misma altura, pero hacia la derecha aparecerá la representación de un birrete y de un título enrollado, simbolizando la educación; en su centro se reproduce la imagen de un niño comiendo un pedazo de pan, representando la alimentación y frente a dicha imagen la leyenda "Por el hombre del futuro ayuda al niño de hoy"; hacia el lado izquierdo de la parte inferior aparecerá el valor facial expresado así: "1c" y a la misma altura cubriendo el centro y el lado derecho, una figura arquitectónica que semeja un hogar escuela significando el amparo; las palabras "Hogar Escuela" se verán en la parte frontal de la figura arquitectónica y a todo el ancho del ángulo inferior se leerá la inscripción "Mes de protección a la Infencia". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 112° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona