Texto de la norma
Decreto Nº 4743, que dicta disposiciones con motivo de la celebración del Quincuagésimo Aniversario de la Desocupación del territorio nacional por tropas extranjeras.
(G. O. Nº 9351, del 4 de Diciembre de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERONUMERO 4743
CONSIDERANDO que el próximo día 12 de los corrientes se cumple el Quincuagésimo Aniversario de la Desocupación del territorio nacional por fuerzas militares extranjeras, como culminación de una sostenida y tenaz campaña patriótica, en la que pusieron alma y corazón muchos distinguidos dominicanos;
CONSIDERANDO que, si bien la Desocupación realizada fue el resultado directo del plan concebido y ejecutado por el Prócer Francisco J. Peynado, al conmemorarse el histórico acontecimiento no deben quedar en olvido los sobrevientes colaboradores de otras campañas, que perseguían iguales propósitos, aunque por vías diferentes;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El Gobierno Nacional se asocia a los actos conmemorativos que se celebrarán en esta ciudad, con motivo del Quincuagésimo Aniversario de la Desocupación del territorio nacional por tropas extranjeras, y muy especialmente, al homenaje que será rendido por la Academia Dominicana de la Historia al Prócer Lic. Francisco J. Peynado, autor del Plan de Evacuación.
Art. 2.—Con ocasión de la patriótica efemérides, se concede el más alto galardón que otorga la República, la Orden del
Mérito de Duarte, Sánchez y Mela, en el grado de Gran Cruz, Placa de Plata, a los señores Enrique Ap. Henríquez, Enriqueillo Henríquez García, Sócrates Nolasco, Dr. Viriato A. Fiallo y señora Melida Morales Vda. del Castillo, sobrevivientes de las campañas patrióticas libradas en favor de la restauración de la Soberanía Nacional
Art. 3.—Se exhorta a los habitantes del territorio nacional, a enhestar la bandera nacional en sus residencias en la señalada fecha.
Art. 4.—Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de julio del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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