Texto de la norma
Decreto Nº 4497, que autoriza al Ayto. del Municipio de Yamasá a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9344, del 11 de Mayo de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4497
VISTAS las Actas Nos. 04—73, 08—73 y 09—73, correspondientes a las sesiones celebradas por el Ayuntamiento del Municipio de Yamasá, en fechas 3 de abril, 12 y 24 de julio de 1973, respectivamente;
En virtud del artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956 y de la Ley Nº 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Yamasá a vender los solares de su propiedad que se indican a continuación:
a) El solar ubicado dentro de la Parcela Nº 311, del Distrito Catastral Nº 7, de dicho Municipio, con un área de 405.00 metros cuadrados, por el precio de RD$810.00, en favor de la señora Ana Sergia Rodríguez de González. La mencionada señora ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual ha construido una casa para vivienda familiar;
b) El solar ubicado en la Porción "B", del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con un área de 191.45 metros cuadrados, por el precio de RD$382.90, en favor del señor Pedro Martínez. El mencionado señor ocupa en arrendamiento el
citado solar en el cual ha construido una casa para vivienda familiar;
c) El solar Nº 7, de la Manzana Nº 4, del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con un área de 161.00 metros cuadrados, por el precio de RD$322.00, en favor del señor Juan de la Cruz. El mencionado señor ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual ha construido una casa para vivienda familiar;
d) La Parcela Nº 2, del Distrito Catastral Nº 4, de dicho Municipio, con una extensión superficial de 191.56 áreas, por el precio de RD$1,532.48, en favor del señor Pedro Rafael Cruz, quien se propone fomentar la agricultura y la ganadería en la indicada Parcela;
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de abril del año mil novecientos setenta y cuatro; años 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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