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Decreto

Decreto 4270

que crea e integra una Comisión encargada de garantizar el abastecimiento de comestibles a los atletas que participarán en los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 dic de 1974fecha
Designacióntipo
G. O. 9328Gaceta Oficial del 25 feb de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4270, que crea e integra una Comisión encargada de garantizar el abastecimiento de comestibles a los atletas que participarán en los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe. (G. O. N° 9328, del 25 de Febrero de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4270 CONSIDERANDO que con motivo de la celebración en el Santiago de los Caballeros han solicitado al Poder Ejecutivo la designación de una comisión que garantice el abastecimiento de comestibles a los atletas que participarán en el referido certamen deportivo, y que evite, asimismo, las posibles especulaciones que podrían producirse como consecuencia del exceso de demanda; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Queda designada una Comisión que se encargará de garantizar el abastecimiento de comestibles a los atletas que participarán en los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe, y a la vez de evitar las posibles especulaciones que podrían producirse como consecuencia del exceso de demanda. Art. 2.—Dicha Comisión estará compuesta de la manera siguiente: El Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien la presidirá; los Directores Generales de Aduanas, Instituto de Estabilización de Precios y Control de Precios, y los Presidentes de las Asociaciones de Exportadores y de las Asociaciones de Mayoristas y Detallistas de Santo Domingo y Santiago de los Caballeros, Miembros. Art. 3.—Envíese a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, para los fines de lugar. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona