Texto de la norma
Decreto Nº 4408, que autoriza a la Sra. Emma A. Morales Ubiera de González a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9333, del 25 de Abril de 1974)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4408
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Emma Angélica Morales Ubiera de González, dominicana, mayor de edad, casada, de quehaceres domésticos portadora de la cédula de identificación personal [omitida], Registro Electoral Nº 830229, domiciliada y residente en la casa Nº 6 de la Avenida General Antonio Duvergé de esta ciudad, fue autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Emma Dolores Morales Ubiera de González;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 21 de noviembre de 1973, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Emma Angélica Morales Ubiera de González para que pueda cambiar su nombre por el de Emma Dolores Morales Ubiera de González;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.—La señora Emma Angélica Morales Ubiera de Gon-
zá ez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Emma Dolores Morales Ubiera de González.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.