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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4311

QUE CONCEDE INDULTO A VARIOS PRESOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 feb de 1974fecha
Indultotipo
G. O. 9329Gaceta Oficial del 9 mar de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4311, que concee indulto a varios presos. (G. O. Nº 9329, del 9 de Marzo de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4311 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el inciso 27 del Artículo 55 de la Constitución de la República, de conceder indulto, total o parcial, puro y simple o condicional, en los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se concede el beneficio del indulto, por el tiempo de las penas pendientes de cumplir, con efectividad el día 27 de febrero de 1974, a los siguientes condenados por los Tribunales de la República: PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA: José Francisco Cerda Polanco e Ing. Francisco R. Guzmán. CARCEL PUBLICA DE VALVERDE, MAO. Enemencio Sandoval. CARCEL PUBLICA DE SANTIAGO RODRIGUEZ. Isidro Cepeda y Rafael de la Cruz Liriano. CARCEL PUBLICA DE DAJABON. Juan Tomás Evangelista. Art. 2.—Los beneficiarios del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimiento del tiempo de sus penas, a juicio del Procurador General de la República, comietan actos de mala conducta, demostrando así que no son merecedores de la generosa medida con que se les favorece, ingre- sarán de nuevo en los establecimientos penitenciarios correspondientes por una orden de dicho funcionario, donde permanecerán hasta el cumplimiento de sus penas, reputándose que no han sido indultados. Art. 3.—El Procurador General de la República queda encargado del cumplimiento de este Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona