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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4310

que nombra al 2º Tte. Eugenio José Peláez Ruiz, E. N., Defensor de Oficio del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas y dicta otras disposiciones

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 feb de 1974fecha
Designacióntipo
G. O. 9329Gaceta Oficial del 9 mar de 1974
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Eugenio José Peláez RuizDesignaciónDefensor de OficioConsejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas
José Antonio Vargas CeballosDesignaciónDefensor de OficioConsejo de Guerra de Primera Instancia del Ejército Nacional, con jurisdicción nacional

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Eugenio José Peláez Ruiz · Defensor de Oficio · Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas

    Otros 3 decretos con este nombre →

  • José Antonio Vargas Ceballos · Defensor de Oficio · Consejo de Guerra de Primera Instancia del Ejército Nacional, con jurisdicción nacional

    Otros 7 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4310, que nombra al 2º Tte. Eugenio José Peláez Ruiz, E. N., Defensor de Oficio del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas y dicta otras disposiciones, (G. O. Nº 9329, del 9 de Marzo de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4310 VISTA la Ley Nº 52, que crea un Consejo de Guerra de Primera Instancia del Ejército Nacional, con jurisdicción nacional, y un Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas, de fecha 5 de noviembre de 1965; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El Segundo Teniente Eugenio José Peláez Ruiz, E. N., queda nombrado Defensor de Oficio del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas. Art. 2.—El Segundo Teniente José Antonio Vargas Ceballos, E N., queda nombrado Defensor de Oficio del Consejo de Guerra de Primera Instancia del Ejército Nacional, con jurisdicción nacional. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona