Texto de la norma
Dec. No. 559-08 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 559-08
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1: El señor Patricio Matos Volquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Giovanni Matos Volquez.
Artículo 2: La señora Leonidas Cueto, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Merecia Cueto.
Artículo 3: Los padres de la menor Algensy Cordero Taveras, quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Algency Cordero Taveras.
Artículo 4: La señora Mercedes Del Carmen Maria Inoa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Emely Maria Inoa
Artículo 5: La señora Patty Sudeisi Vargas Ruiz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Patricia Sudeisi Vargas Ruiz.
Artículo 6. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil ocho (2008), año 164 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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