Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Seguimiento Por nombre
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 15 oct de 2008. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Texto
Texto de la norma
Dec. No. 553-08 que crea e integra el Patronato de Bellas Artes, y nombra a la senora
Socorro Castellanos, Directora Ejecutiva de dicho patronato.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 553-08
CONSIDERANDO: Que la sociedad civil debe unir esfuerzos con el Gobierno
dominicano para garantizar la preservacihn del nuevo Palacio de Bellas Artes, como obra
cumbre del sistema nacional de cultura.
CONSIDERANDO: Que se debe velar por la conservacihn y mantenimiento de las obras
de reestructuracihn, remozamiento y ampliacihn ejecutadas en el Palacio de Bellas Artes.
CONSIDERANDO: Que el Palacio de Bellas Artes es una obra de caracter monumental y
la principal edificacihn cultural de la Republica Dominicana, y que por tanto forma parte
del acervo patrimonial fundamental del pais.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la
Republica, dicto el siguiente:
D E C R E TO:
ARTICULO 1.- Se designa el Patronato de Bellas Artes, que tendra como objetivos y
funciones las siguientes:
a)
b)
Cuidar que la reestructuracion cumpla a cabalidad con 10s propositos para 10s cuales
fue diseiiada y ejecutada.
Recabar la cooperacion economica del sector privado para contribuir con el
mantenimiento de la estructura asi como respaldar iniciativas tendentes a la
preservacion y cuidado de la edificacion.
Establecer el monto y destino de 10s aportes economicos que se gestionen en
beneficio de la edificacion y su sostenimiento.
c)
ARTICULO 2.- El Patronato de Bellas Artes queda conformado de la siguiente manera:
Jose Rafael Lantigua, Secretario de Estado de Cultura, quien lo presidira;
Enzo Bonarelli, tesorero;
Juan Bautista Vicini;
Frank Rainieri;
Margarita Baquero de Reid
Monserrat Prats Ventos;
Arq. Antonio Hernindez;
Arq. Gustavo More;
Ing. Felix Garcia;
Freddy Ginebra Giudicelli;
Luis Rafael Concepcion;
Eduardo Villanueva;
Margarita Auffant Najri;
Candido Bido.
ARTICULO 3.- La seiiora Socorro Castellanos, queda designada Directora Ejecutiva del
Patronato de Bellas Artes.
ARTICULO 4.- El presente decreto modifica cualquier otra disposicion que le sea
contraria.
ARTICULO 5.- Enviese a la Secretaria de Estado de Cultura, para 10s fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de septiembre de dos mil ocho (ZOOS); aiios 165
de la Independencia y 146 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona