Texto de la norma
Dec. No. 276-08 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 276-08
VISTA: La Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones cooperativas:
1.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL CONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACION (COOPNAZONA), con su asiento principal en la Avda. Leopoldo Navarro No.61, Quinto Piso, edificio San Rafael, Santo Domingo, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha seis (6) del mes de julio del año mil dos mil seis (2006).
2.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL AYUNTAMIENTO DE LOS ALCARRIZOS (COOPEA), con su domicilio en la calle 2, Bo.Savica, Santo Domingo Oeste, Los Alcarrizos, Santo Domingo, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha dos (2) del mes de febrero del año dos mil cuatro (2004).
3.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE AGENTES DE ADUANAS (COOPAA), con su domicilio en la calle Pasteur esquina Santiago, sector de Gazcue, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha ocho (8) del mes de diciembre del año dos mil siete (2007).
4.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES “LA NOEL”, con su domicilio en la calle La Paz, No.11, Villa Marina, Km.9, autopista Duarte, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintitrés (23) del mes de enero del año dos mil siete (2007).
5.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS TRABAJADORES DE MADERA Y MATERIALES DE LA CONSTRUCCION (COOPTICOMMC), perteneciente al Centro Regional Central, con su domicilio en la calle Paris No.2, sector Villa Francisca, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha once (11) del mes de marzo del año dos mil siete (2007).
6.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL CENTRO DE EXPORTACION E INVERSION DE LA REPUBLICA DOMINICANA (COOPCEI), con su domicilio en la Ave. 27 de Febrero esq. Ave. Luperón, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha cinco (5) del mes de agosto del año dos mil seis (2006).
7.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS CRIADORES OVICAPRINOS (COOPDOC RIO), con su domicilio en la calle George Washington, ciudad Ganadera, edificio CONAPROPE, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha dieciséis (16) del mes de diciembre del año dos mil seis (2006).
8.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE ELECTRONICOS (COOPELECTRONIC), con su domicilio en la calle C, No.33, Las Praderas, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha doce (12) del mes de agosto del año dos mil siete (2007).
9.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DE PINTURAS POPULAR (POPULARCOOP), con su domicilio en la Avenida 27 de Febrero esquina Isabel Aguiar, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintiséis (26) del mes de junio del año dos mil siete (2007).
10.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE TRABAJADORES DE TAXI (COOPTRATAXIS), con su domicilio en la calle Juan Erazo No.14, Villa Juana, Santo Domingo, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha nueve (9) del mes de julio del año dos mil seis (2006).
11.- COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES MILLENIUM (MILCOOP), con su domicilio en la Avenida 27 de Febrero No.491, esquina Hnas. Roquez y Martínez, edificio Candy, suite 301, del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha treinta y uno (31) del mes de julio del año dos mil siete (2007).
12.- COOPERATIVA DE PRODUCCION SOCIAL DE LA VIVIENDA Y EL HABITAT (COOPHABITAT), con su domicilio en la Ave. Las Américas esq. calle 13, Villa Las Américas, frente al Hospital Darío Contreras, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha once (11) del mes de febrero del año dos mil siete (2007).
Artículo 2.- El presente decreto deroga el Decreto No.89-96, numeral 15, de fecha tres (03) de marzo del año mil novecientos noventa y seis (1996), que incorporó la Cooperativa de Servicios Múltiples Empleados Bratex Dominicana, C.POR.A, COOPSEMBRATEX.
Artículo 3.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008); años 165 de la Independencia y 145 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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