miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 267-08

que modifica el Decreto No. 3461, del 26 de mayo de 1969, que estableció los límites de la Zona Franca Industrial de La Romana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jul de 2008fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10479Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 267-08 que modifica el Decreto No. 3461, del 26 de mayo de 1969, que estableció los límites de la Zona Franca Industrial de La Romana. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 267-08 CONSIDERANDO: Que en fecha 26 de marzo del 1969, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto No.3461, mediante el cual autoriza el establecimiento de la Zona Franca Industrial de La Romana, en la Parcela 84, del Distrito Catastral No.2/5ta. Parte, Municipio de La Romana, terrenos propiedad de la empresa Gulf And Western Americas Corporation. CONSIDERANDO: Que en fecha 9 de mayo del 1969, fue celebrado un contrato entre el Estado dominicano y la empresa Gulf And Western Americas Corporation, mediante el cual se establecieron las condiciones bajo las cuales sería operada la Zona Franca Industrial de La Romana, el cual fue aprobado por el Congreso Nacional en fecha 26 de mayo del 1969, mediante Resolución No.450, publicado en la Gaceta Oficial No.9145. CONSIDERANDO: Que en fecha 10 de febrero del 1971, mediante contrato suscrito entre la empresa Gulf And Western Americas Corporation y la empresa Operadora Zona Franca La Romana, S. A., la primera cedió sus derechos sobre la Zona Franca Industrial, contrato que fue aprobado por el Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que en fecha 15 de marzo del 2001, fue suscrito un contrato de permuta entre el Estado dominicano, representado por el Administrador General de Bienes Nacionales y la Operadora de Zona Franca de La Romana, S. A., y Central Romana Corporation Limited, en el cual el Estado permutó a Operadora de Zona Franca de La Romana, S. A., y Central Romana Corporation Limited, "la Parcela No. 84-Ref.-320, del Distrito Catastral No. 2/5ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la carretera La Romana – Higuey, con un área de 1,138,299.05 metros cuadrados", y a cambio el Estado recibe las siguientes parcelas: 1 - La Parcela No. 29-parte. del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la Av. Padre Abreu y Av. Luperón, La Romana, con un área de 12.467.15 metros cuadrados. 2- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la Av. Padre Abreu y Av. Luperón, La Romana, con un área de 13.000.00 metros cuadrados. 3- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la Av. Padre Abreu y Av. Luperón, La Romana, con un área de 16,701.60 metros cuadrados. 4- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la Av. Padre Abreu y esq. Av. Francisco Alberto Caamaño Deño, La Romana, con un área de 219,898.53 metros cuadrados. 5- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana. ubicada en la Av. en Proyecto y Vía Férrea, La Romana, con un área de 250,000.00 metros cuadrados. 6- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la Av. en Proyecto y Vía Férrea, La Romana, con un área de 208,208.95 metros cuadrados. 7- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana. ubicada en la Av. en Proyecto y Vía Férrea, La Romana, con un área de 168,547.00 metros cuadrados. 8- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana. ubicada en la Av. en Proyecto y Vía Férrea, La Romana, con un área de 160,803.00 metros cuadrados. 9- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana, ubicada en la Av. del Mercado, La Romana, con un área de 48,399.05 metros cuadrados. 10- La Parcela No. 29-parte, del Distrito Catastral No. 2/4ta., del Municipio de La Romana. ubicada en la Av. Francisco A. Caamaño Deño, esq. Av. del Mercado, La Romana, con un área de 15,592.92 metros cuadrados. 11- La Parcela No. 101-parte, del Distrito Catastral No. 2/7ma., del Municipio de La Romana, ubicada en el Municipio de Guaymate, Provincia La Romana, con un área de 67,091.74 metros cuadrados. 12- Las Parcelas Nos. 402-A y 463-A-parte, del Distrito Catastral No. 33/6ta., del Municipio de El Seybo, ubicadas en el Km.2, Carretera El Seybo - Hato Mayor, El Seybo. con un área de 152,392.24 metros cuadrados. 13- La Parcela No. 92-parte, del Distrito Catastral No. 33/2, del Municipio de El Seybo, ubicada en la entrada a El Seybo, con un área de 184, 202.00 metros cuadrados. CONSIDERANDO: Que la operadora de la Zona Franca Industrial de La Romana solicitó el reordenamiento del área de operación de dicho parque industrial por el hecho de que muchas empresas han trasladado su producción a otros parques industriales y por tanto el área geográfica resulta muy extensa. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, atendiendo a la solicitud de la operadora Zona Franca Industrial La Romana, consideró que es factible atender a la solicitud de reordenamiento del área geográfica de operación del parque industrial. VISTO: El Decreto No.3461. de fecha 26 de marzo del 1969. VISTA: La Resolución del Congreso Nacional No.450, de fecha 26 de mayo del 1969, G.O. No.9145. VISTA: La Ley 8-90, del 15 de enero del 1990, que Fomenta el Establecimiento de las Zonas Francas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se modifica el Decreto No. 3461 del 26 de mayo del 1969, que estableció los limites de la Zona Franca Industrial de La Romana, provincia del mismo nombre, operada por la Operadora de Zona Franca Industrial de La Romana, S. A., para que queden fijados de la siguiente manera: "Una porción de terreno de ciento setenta y seis mil setecientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y tres decímetros cuadrados (176,744 m2 con 43 dm2), dentro de la Parcela No. 84-REF-320 (Parte) del Distrito Catastral No. 2, dos quintas partes (2/5) del Municipio de La Romana, en la margen oriental de la Ría Romana, limitada así: AL NORTE: Comenzando en el punto N.W. en la estación No. 31 P84REF320 en dirección Este, al Sur de la Carretera Romana - Higuey, con una distancia de 53.56 M., coordenada Norte 2,036,729.345, coordenada Este 505,070.229, continuando en dirección Norte - Este con distancia de 35.63 M., coordenada Norte 2,036,734.599, coordenada Este 505,123.534, sobre el lindero con distancia de 35.22M., coordenada Norte 2,036,736.004, coordenada Este 505,159.140, siguiendo en sentido Norte - Este con distancia de 45.34 M .. coordenada Norte 2,036,733.663, coordenada Este 505,194,278, en dirección Sur - Este con distancia de 42.81 M., coordenada Norte 2,036.722.893, coordenada Este 505,238,317, en el mismo sentido con distancia de 56.57 M., coordenada Norte 2,036,706.036, coordenada Este 505,277.671, donde bifurca la calle que da acceso a la Operadora de Zona Franca Industrial y la Carretera Romana - Higuey, en dirección Sur - Este contiguo a la malla ciclónica con distancia de 56.01 M .. coordenada Norte 2,036,679.814, coordenada Este 505,327.801, en el mismo sentido con distancia de 119.12 M., coordenada Norte 2,036,635.798, coordenada Este 505,400.887, siguiendo contiguo a la malla a un punto con distancia de 56.01 M. coordenada Norte 2,036.577.734, coordenada Este 505,504.895, a un punto frente a la entrada de la Operadora Zona Franca Industrial con distancia de 19.29 M., coordenadas Norte 2,036,549.529, coordenada Este 505,553.281, continuando por la malla con distancia de 96.17 M., coordenada Norte 2.036,566.386, coordenada Este 505.562.651. sobre el mismo lindero a un punto con distancia de 20.25 M., coordenada Norte 2,036,517.734, coordenada Este 505,645.608, que intercepta con el lindero catastral en el mas de la estación 19P84REF320+91.41. AL ESTE: Comenzando en el mas de la estación 19P84REF320+91.41 hasta llegar a un punto en dirección Sur - Oeste con distancia de 134.96 M., coordenada Norte 2.036.507.492, coordenada Este 505,663.072. AL SUR: Comenzando en punto Sur - Oeste de la Zona Franca, en el mas de 227.19 de la estación 22P84REF320, siguiendo en dirección Oeste con distancia de 241.69 M., coordenada Norte 2,036,439.218, coordenada Este 505,779.485, continuando en dirección Norte - Este, a un punto de distancia 157.20 M., coordenada Norte 2.036.209.032. coordenada Este 505,705.801, siguiendo en dirección Oeste a un punto con distancia de 101.18 M., coordenada Norte 2,036,257.435, coordenada Este 505.556.240, continua en dirección Oeste a un punto con distancia de 281.01 M., coordenada Norte 2,036,353.339, coordenada Este 505,588.482, a un punto con distancia de 34.61 M., coordenada Norte 2,036,439.000, coordenada Este 505,320.849, a un punto en sentido Oeste, con distancia de 105.14 M., coordenada Norte 2,036,406.025, coordenada Este 505,310.353, siguiendo sobre el mismo limite en sentido Sur a un punto con distancia de 31.23 M., coordenada Norte de 2,036,438.412, coordenada Este 505.210.325, Y en dirección Oeste, hasta llegar a un punto con distancia de 132.73 M" coordenada Norte 2,036,408.756, coordenada Este 505,200.525. AL OESTE: Comenzando en la estación 29P84REF320+74.42, en la esquina Sur -Oeste. en dirección Norte, a un punto con distancia de 164.24 M., coordenada Norte 2.036.445.938. coordenada Este 505,073.114, y concluye con distancia de 119.18 M . coordenada Norte 2,036,610.171. coordenada Este 505,071.442, y el polígono se cierra en el punto inicial con las coordenadas Norte 2,036,729,345 y Este 505,070,229." El perímetro descrito antes, envuelve un área de: 281.05 tareas nacionales 76.744.43 metros cuadrados Artículo 2.- Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil ocho, año 164 de la Independencia y 145 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona