Texto de la norma
Dec. No. 441-08 que autoriza dos emisiones de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, con las denominaciones “500 Anos Escudo de Santiago” y
Centenario Muerte General Timoteo Ogando.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 441-08
VISTA: La Ley No.2461, del 18 de julio del 1950, sobre Especies Timbradas;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55, de la Constitucihn de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1. Se autoriza la emision de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, de acuerdo con las disposiciones tecnicas siguientes:
a) DENOMINACION
"500 anos Escudo de Santiago"
VALOR
RD$10.00.
CANTIDAD
50,000 ejemplares.
b) DENOMINACION
"Centenario Muerte General
Timoteo Ogando"
VALOR
RDS15.00.
CANTIDAD
50,000 ejemplares.
Articulo 2. Los sellos postales referidos en el articulo precedente, seran de forma
rectangular, en hojas de cincuenta ejemplares, bajo el procedimiento Off-Set multicolor,
except0 10s souvenirs y hojas.
Articulo 3. Para las indicadas emisiones se utilizara papel tropicalizado, engomado, de 56
gramos, sustancia 103 G M2.
Articulo 4. El tamaiio de cada uno de 10s sellos postales, a que se refiere el presente
Decreto, sera determinado por la Comision Oficial Filatelica.
Articulo 5. Enviese a la Secretaria de Estado de Hacienda, a1 Tesorero Nacional, a1
Instituto Postal Dominican0 y a la Comision Oficial Filatelica, para 10s fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana, a1 primer (ler.) dia del mes de septiembre del aiio dos mil ocho (ZOOS), aiios
165 de la Independencia y 146 de la Restauracion.
LEONELFERNANDEZ
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