Texto de la norma
Dec. No. 440-08 que concede naturalización dominicana provisional a varios menores de edad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 440-08
VISTAS: Las instancias Nos.6532, 6533, 6534, 6899, 6900, 6901, 6902, y 7053 del 4, 15 y 22 de agosto de 2008, respectivamente, que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto;
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana provisional a los menores que se indican a continuación:
1. Al menor Joel Alexis de la Rosa Ureña, de nacionalidad norteamericana;
2. A la menor Allison Arelis de la Rosa Ureña, de nacionalidad norteamericana;
3. A la menor Desirae Maritza Serrano Díaz, de nacionalidad norteamericana;
4. Al menor Antonio Daniel Serrano Díaz, de nacionalidad norteamericana;
5. Al menor Andrea Patrizio Guerry Marlotti, de nacionalidad suiza;
6. A la menor Alma Carolina Guerry Marlotti, de nacionalidad suiza;
7. A la menor Yasmelis Miguelina Núñez González, de nacionalidad francesa;
8. Al menor Kelvin Rafael Espinal Vásquez, de nacionalidad británica;
9. A la menor Selin Somaini Cruz, de nacionalidad suiza;
10. A la menor Karely Yarimar Rodríguez Hernández, de nacionalidad norteamericana;
11. Al menor Remy Alexander Rodríguez Hernández, de nacionalidad norteamericana;
12. A la menor Camila Marleni Irizarry Ortega, de nacionalidad norteamericana;
13. Al menor Héctor Danilo Irizarry Ortega, de nacionalidad norteamericana;
Artículo 2. Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento, ante dicho funcionario, de fidelidad a la República Dominicana.
Artículo 3. Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de septiembre del año dos mil ocho (2008), años 165 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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