Texto
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Texto de la norma
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1 mil iiorecientos sesenta y cuatro, aiios 121" de la Xn-
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DECRETO:
Art. 1.— Concede el beneficio de la jubilación y le asigna una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales, al Dr. Salvador Mota Medrano.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de octubre del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
Decreto No. 1629. que concede franquicia postal a la agrupación Patriótica "Comando Juvenil Anticomunista".
(G. O. No. 8906. del 24 de Octubre de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1629
VISTA la Ley de Comunicaciones Postales No. 10, de fecha 4 de noviembre de 1963;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede franquicia postal a la Agrupación Patriótica "Comando Juvenil Anticomunista", para el uso exclusivo de los asuntos concernientes a las actividades que desarrolle dicha agrupación.
Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, para los fines correspondientes.
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