Texto de la norma
Dec. No. 590-88 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 590-88
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de l a
Constituci6n de l a RepGblica,
D E C R E T O I
Articulo 1.- La sefiorita Junet Maraira Petronila Grulldn Gmez, queda
j
autorizada a cambiar su nombre por e l de Junet Marayra Grull6n G6mez.
Articulo 2.-
La sefiora Dominga Antonia Grulldn Grulldn, queda autorizada
a cambiar su nombre por el de Dominga Mercedes Grulldn Grulldn.
Articulo
3.-
La
sefiora Aura
Altagracia
Dominguez
Dominguez,
queda
autorizada a cambiar su nombre por e l de Grace Dominguez Dominguez.
i
Articulo 4.-
La sefiora Victoria Martinez Ramirez,
queda autorizada a
cambiar su nombre por e l de Vitalina Martinez Ramirez.
Articulo 5.-
La
sefiora Dorotea Concepcidn Morel,
queda autorizada a
cambiar su nombre por e l de Lidia Concepcidn Morel.
Articulo 6.-
La sefiora Clidia Ramirez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Clidia Maria Ramirez.
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Articulo
7. - La
sefiora Mercedes
Apolinar
Almdnzar
Surifiach,
queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Mercedes Almdnzar Surifiach.
Artkulo 8.- La sesora Marina Then Tobar, queda autorizada a cambiar el
nombre de su hijo menor Dulce J e s h Holguin Then, por e l de Danilo de JesGd
Holguin Then.
Articulo 9.- La sefiora Trinidad de JesGs D e 10s Santos, queda autorizada
a cambiar su nombre por e l de Natividad de JesGs De 10s Santos.
Articulo 10.-
El sefior Sun Guin Sang, queda autorizado a cambiar e:
nombre de su hijo menor Alison Sang Tam, por el de Victor Yielun Sang Tam.
Articulo 11.- La sesora Yobani Margarita Bussi P6rez queda autorizada
cambiar su nombre por el de Yovanna Margarita Bussi P6rez.
Artículo 12.- El señor Francisco Antonio Estévez Hernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Francisco Alberto Estévez Hernández.
Artículo 13.- El señor Francisco de Jesús Almánzar Sánchez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Francisco Almánzar Sánchez.
Artículo 14.- El señor Aucilio Salvador Ferreiras Collado, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cecilio Salvador Ferreiras Collado.
Artículo 15.- La señorita Melquiades Altagracia Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Belkís Altagracia Polanco.
Artículo 16.- La señora Orga Marciana Mercedes Valdez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Olga Malvina Mercedes Valdez.
Artículo 17.- El señor Martín Martínez Peralta Hernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Martín Peralta Hernández.
Artículo 18.- La señora Fátima Parra Moreno, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Fátima Elvira Parra Moreno.
Artículo 19.- El señor Aquilino Clase Paulino, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Porfirio Clase Paulino.
Artículo 20.- La señora Rosa Aurora Medina, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosaura Medina.
Artículo 21.- La señora Carmen Petronila Rosa de la Rosa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Rosa de la Rosa.
Artículo 22.- La señora Felícita Amalia Núñez Castillo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Felícita Rosalía Núñez Castillo.
Artículo 23.- La señorita Andrea María Altagracia Santana Mercado, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Blanca María Altagracia Santana Mercado.
Artículo 24.- El señor Francisco García Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Francisco García Rosario.
Artículo 25.- La señora Lorenza de Jesús Lizardo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dorinda de Jesús Lizardo.
Artículo 26.- La señorita Holeida de los Santos Mena Frias, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Holeida de los Angeles Mena Frias.
Artículo 27.- El señor Antonio Gómez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Leonardo Gómez.
Articulo 28.-
E l sefior Leonard0 Ventura Parra, queda autorizado a cambiar
su nombre por e l de Leonor Ventura Parra.
Articulo 29.-
La sefiora Soina D e i s i Alcsntara, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Sonia Deysis Alcdntara.
Articulo 30.-
E l sefior Bernardino Quintas Contreras, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Benerando Quintas Contreras.
Articulo 31.- E l sen"or Remigio Payano Quezada, queda autorizado a cambiar
su nombre por e l de Remi Antonio Payano Quezada.
Articulo 32.-
E l sesor Miguel A r t i l e s Mercedes,
queda autorizado a
cambiar el nombre por el de Jos6 Miguel A r t i l e s Mercedes.
Articulo 33.-
Los esposos Juan R.
Diaz G.
e Ivonne E. Pujals de Diaz,
quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Ram&
Gregorio Diaz
Pujols por e l de Juan Ram& Gregorio Diaz Pujals.
Articulo 34.- E l sefior Zen& Donardo Rosario Zorrilla, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Carlos Josd Rosario Zorrilla.
Articulo 35.- El sefior Rudys Antonio Aybar Fdliz, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Rafael Antonio Aybar Fdliz.
Articulo 36.-
La seiiora Papita de. Pefia, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Clemencia D e Pefia.
Articulo
37.-
La sen"ora Carmen Gabriela Rodriguez
Rodriguez,
queda
autorizada a cambiar su nombre por e l de Carmela Rodrlguez Rodriguez.
Articulo 38.-
La seiiora Ana
Martina Cris6stomo,
queda autorizada a
cambiar su nombre por e l de Ana Maria Cris6stomo.
Articulo 39.- Los esposos Pedro Josd Zditer B. y Miguelina Quezada Badui,
qgedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Hemes Jorges Zditer
mezada, por e l de Pedro Hemes Zditer Quezada.
Articulo 40.-
La seiiora Manuela Antonia Moreno Fr6meta, queda autorizada
a cambiar su nombre por el de Sheila Antonia Moreno FrGmeta.
Articulo 41.- E l seEor Alipio Antonio Herrera Almhzar, queda autorizado
a cambiar su nombre por el de Olimpo Antonio Herrera Aldnzar.
Rodriguez
Beato,
queda
Chayanne Michael N.
G.
Articulo
42.-
La
seEora
Ramona
Altagracia
autorizada a cambiar el nombre de su hijo menor
Rodriguez por el de Chayanne Rafael N.G.
Fbdriguez.
Artlculo 43.- La sefiora Manuela Herasme Mancebo,
queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Nelly Manuela Herasme Mancebo.
Artlculo 44.- La sefiorita Gregoria Cedefio De l a Rosa, queda autorizada a
cambiar su nombre por e l de Marina Cedefio De l a Rosa.
Articulo 45.- E l sefior Desiderio Ventura Ventura, queda autorizado a
cahbiar su nombre por el de Lorenzo Desiderio Ventura Ventura.
Articulo 46.- Enviese a l a Junta Central Electoral, para 10s fines
correspondientes .
Articulo 47.- E l presente Decreto se publicard en l a Gaceta Oficial y en
un diario de circulaci6n nacional.
DADO
en Santo Doming0 de
G u z m h ,
D i s t r i t o Nacional,
Capital de
la
Rep6blica Dominicana, a 10s veintitr6s (23) dlas del mes de diciembre del afio
m i l novecientos ochenta y ochor a50 145O de l a Independencia y 126O de l a
RestauraciBn.
JOAQUIN BALAGUER
/
Dee.
No. 591-88
que inviste de 10s Plenos Poderes correspondientes a1
Secretario de Bstado de Relaciones Exteriores, para suscribir el Acuerdo
Bdsico de Cooperacidn entre el Gobierno Dominicano y Glbetas, Asociacidn
Suiza para el
110 y l a Cooperacibn.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a RepGblica Dominicana
NUMEROt 591-88
En ejercicio de las atribuciones qpe me
confiere el Artkulo 55 de l a
Constitucidn de l a RepGblica,
D E C R E T 01
Articulo 1 .- E l Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, licenciado
Joaquh Ricardo Garcia, queda investido de 10s Plenos Poderes correspondientea
para suscribir, en nombre y representacidn del Estado Dominicano, e l Acuerdo
Bdsico de Cooperacidn entre e l Gobierno de l a RepGblica DOminiCaM y H&lvetas,
Asociacidn Suiza para e l Desarrollo y l a Cooperacidn.
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