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Texto de la norma
Art. 1 .--Se autoriza a1 Doclor Cirilo Jose Castellanos
a aceptai. y usar l a condecoracitin de la “Orden a1 RIkrilo
(le la Republica”, quc en el p a d o de Coinendatlor le ha sido
coiifer.icta por el Gobierno de Italia .
Art. 2. -Coniiiniqiiese R la Seerelkria dc Estndo de Re-
laciones I<steriorrs, parti lo\ I’incs de registi-o cot-respon-
dienle.
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e l : Ciudad T i . i i . j i I l o , DislriLo Nacional, Capital de
la Repiiblica lhninicaiia, a 10s veintiseis dias tiel mes d?
liebrcro de mil iiovccientos ciiicueiita y ocho; Aiios 11 1”
de la Tndependcncia, $13‘’ de I n Restauracicin y 28O (le I:i
I k u de Trujillo.
llE( (‘TOR B. THli.IILI,O MOIJINA.
Uecreto No 35C9, que autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de Sabana
de !a Mar a permutar un solar de su propiedad.
G. 0. No 5222, del 8 de Marzo de 1958.
del Municipio de Sabana de la Mar en fecha 29 de enero del año en curso;
En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N° 4381 de fecha 10 de febrero de 1956; y
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 25 de la Constitución de la República, dicto el
DECRETO:
UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Sabana de la Mar a permutar el solar de su propiedad con un área de 170 metros cuadrados, ubicado en la prolongación de la calle Nicuemos Calcaño de aquella Villa; por la faja de terreno de 85.75 metros cuadrados, ubicada en la misma calle Nicuemos Calcaño, propiedad de la señora Ursula Hernández.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de Febrero de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto N° 3570, que concede la condecoración de la Orden de Trujillo a Su Excelencia Luis M. Chafardet-Urbina. G. O. N° 8222, del 8 de marzo de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3570
En virtud de las atribuciones que me confiere la Constitución de la República;
VISTA la Ley N° 1517 del 13 de junio de 1938 y sus modificaciones;
CONSIDERANDO los altos merecimientos de Su Excelencia Luis M. Chafardet-Urbina, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Venezuela; y
OIDO el parecer del Consejo de la Orden de Trujillo,
DECRETO:
Conceder a Su Excelencia Luis M. Chafardet-Urbina, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Venezue-
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