Texto de la norma
Decreto Nº 5064, que denomina "Sanatorio Dr. Rodolfo de la Cruz Lora" el Hospital Sanatorio Antituberculoso de Ciudad Trujillo.
G. O. Nº 8402, del 16 de septiembre de 1959.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5064
CONSIDERANDO: Que el Dr. Rodolfo de la Cruz Lora, fallecido el año pasado, fué un distinguido tisiólogo dominicano que dedicó parte de su vida a combatir esta enfermedad y un colaborador de la política de engrandecimiento nacional instaurada por el insigne Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva;
VISTA la Ley Nº 2439, del 8 de julio del año 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El Hospital Sanatorio Antituberculoso de esta ciudad, recientemente trasladado al edificio construído en el kilómetro 28 de la Carretera Duarte, se denominará "Sanatorio Dr. Rodolfo de la Cruz Lora."
Art. 2.—Queda derogado el Decreto Nº 1616, del 17 de abril de 1942, que se denominaba con el nombre de "Hospital Sanatorio Dr. Martos", el establecimiento antituberculoso situado en esta ciudad, con su frente a la Carretera Duarte.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y nueve, años 116º de la Independencia, 97º de la Restauración y 30º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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