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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4762

que nombra al señor José M. Paulino Vicecónsul de la República en Miami, Florida, E. U. de A., y deroga el Decreto Nº 4457

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 abr de 1959fecha
Designacióntipo
G. O. 8360Gaceta Oficial del 18 may de 1959
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José M. PaulinoDesignaciónVicecónsul de la República, en Miami, Florida, Estados Unidos de América

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • José M. Paulino · Vicecónsul de la República, en Miami, Florida, Estados Unidos de América

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4762, que nombra al señor José M. Paulino Vicecónsul de la República en Miami, Florida, E. U. de A., y deroga el Decreto Nº 4457. G. O. Nº 8860, del 18 de mayo de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4762 VISTA la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, Nº 5086 de fecha 13 de febrero de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El señor José M. Paulino, queda nombrado Vicecónsul de la República, en Miami, Florida, Estados Unidos de América. Decreto NO 4763, que aprueba la Tercera Resoluci6n de la Junta Moneta- kia, del 7 de abril de 1959, que autoriza la incineraci6n de billetes dete- iiorados del Banco Central de la Rep6blica Dominicana. G . 0. No 8365, del 31 de mayo de 1959. HECTOR RlENVENlDO 2‘KCTJll.L0 MOIJNA Prcsiclcnte cle ki K e p i blicci Ihininiccrncc VISTA la Tercera Resolucicin de la J~iiila Xfonetaria, (le fecha 7 de abril de 1959; VISTOS 10s articulos 1 y 2 de la Ley NQ 2927, de fecha 18 de junio de 1951, sobre Tncinerncih de Billetes Deteriorados del Banco Cen- tral de la Republica Dominicana, y sus Inodificaciones ; so P, de la ConstituciOn de la Republica, dicto el siguiente En ejercicio de la atribucicin que me confiere el articulo 51, inci- D E C K E T O : Art. 1 .- (Jueda aprobatla la Tercera ResoluciOn de la .Junta Mo- netaria, de fecha 7 de nbril dc 19.3, cuyo texto, transcrito a la letra, dice asi: “TERCERA RESOLIT(;lOS : YIS‘l<) el nieinoraiiduni de fecha 2 de abril de 1959, por inedio del cual la hdniinislracihn del Banco Cen- tral solicita a1 Secretario de Eslado de Finaiizas y Hanca, Gobernador de dic]io Banco, que obtenga autorizacion de la Junta hionetaria para la incineracihn de la.; cantidaclcs tlc billetes dctci*iorattos mhs abajo descritii ; La Junta hIonetaria, en virlud de las disposiciones contenidas en 10s articulos 1 y 2 de la Ley No 2927 sobre Incineracitin de Hilletes del Banco Central, del 18 de junio de 1951, modificada por la Ley NQ 4450,

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona