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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 471-98

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DEL INDULTO A VARIOS CONDENADOS POR LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 dic de 1998fecha
Indultotipo
G. O. 10006Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 471-98 que concede el beneficio del indulto a varios condenados por 10s tribunales de la Republica. (C. 0. No. 10006, del 31 de diciembre de 1998). LEONELFERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 471-98 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Inciso 27 del Articulo 55 de la Constitucion de la RepGblica, de conceder indulto, total o parcial, puro y simple o condicional, 10s dias 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada aiio, dicto el siguiente D E C R E TO: Articulo 1.- Se concede el beneficio del indulto por el tiempo de sus respetivas penas pendientes de cumplir, con efectividad a1 23 de diciembre de 1998, a 10s aiguientes condenados por 10s tribunales de la Republica. CARCEL MODEL0 DE NAJAYO: Luis Domingo Alvarez EncarnaciQ, Julio CCsar Garcia, Eugenia Cuello Valdez, Wilson Batista Calcaiio, Wilkin Ofmaniel Rosado, Miguel Angel Rosado Abreu, Orlando Moreta Peiia, Rad1 Corder0 de Jesds, Hito Medina Contreras, HCctor Nina Rodriguez, Abraham Tejada Orbe, Aquiles Ubri Beriguete, Antonio Javier Contreras Escoto, Carmen Castillo Segura. CARCEL PUBLICA KM 15 DE AZUA: Johnny Emilio Encarnaci6n Morillo, Fernando Alonzo Parrot, Gerson Morrobel Placencia, Henry Col6n Mejia, Rafael Guerrero de la Rosa, Alexis de Jeslis Alchntara, AndrCs Miguel Paulino JimCnez, Anibal GBmez Diaz, Silvio Antonio Rodriguez Montes de Oca, Rafael Eduardo de la Cruz Frias, AndrCs David Tejada Berroa, Sergio Herasme Montero. CARCEL PUBLICA DE SAN CRISTOBAL: Leonard0 Encarnaci6n Tejeda, Eddy Espinal Jumelle. CARCEL PUBLICA DE AZUA: Wilson Elias Pujols. CARCEL PUBLICA DE SAN PEDRO DE MACORIS: Denny Santana Richiez. CARCEL PUBLICA DE LA ROMANA: Angel Castillo Aristy, Johnny D’Lazala Vanderas, JosC Casimiro. CARCEL DE SANTIAGO: Juan Valdez Ventura, Jose Valdez Ventura, Marcelino Sosa Delgado, Antonio Figueroa Reyes, Domingo Antonio Peiia Rodriguez. CARCEL PUBLICA DE DAJABON: Yornada Luisito Yan. CARCEL PUBLICA DE COTUI: Jost Bautista Tejada. PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA: Ramon Toribio Javier, Robinson Minaya de 10s Santos, JosC Luis Rojas Reyes, Juan Augusto Morin Bonilla. CARCEL PUBLICA DE NAGUA: Edwin Antonio PCrez, Nicolis de la Cruz, Nene Suirez Frometa. CARCEL PUBLICA DEL SEYBO: Felix Gustavo Hernindez. CARCEL PUBLICA DE MONTECRISTI: Jose Luis Reyes Castillo. Articulo 2.- Los beneficiarios del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimiento de sus penas, a juicio del Procurador General de la Republica, coinetan actos de mala conducta, demostrando asi que no son merecedores de la generosa medida con que se les favorece, ingresarin de nuevo a 10s establecimientos penitenciarios correspondientes, por una orden de dicho funcionario, donde permanecerin hasta cumplir \LIS penas, reputindose que no han sido indultados. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Rcpublica Dominicana, a 10s veintidos (22) dias del mes de diciembre del aHo mil novecientos noventa y ocho, aiio 155 de la Independencia y 136 de la Restauracih Leone1 Fernandez

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona