miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 441-98

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 nov de 1998fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10005Gaceta Oficial del 30 nov de 1998
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 441-98 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro. (G. O. No. 10005, del 30 de noviembre de 1998). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 441-98 VISTA la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1) ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE AUTOBUSES (ASOPROADU), que tiene su domicilio en el municipio de Duvergé, provincia Independencia, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de septiembre de 1998. 2) FEDERACION MOCANA DE ORGANIZACIONES CAMPESINAS (FEMOC), que tiene su domicilio en el municipio de Moca, provincia Espaillat, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de septiembre de 1998. 3) UNION DE GRUPOS PARA EL TRABAJO SOSTENIDO (UGPATSOS), que tiene su domicilio en el municipio de Las Matas de Farfán, provincia San Juan, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de septiembre de 1998. 4) PATRONATO PRO-CONSTRUCCION Y PROTECCION DE LA ESCUELA TAE KWON DO Y FORMACION HUMANA, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de julio de 1998. 5) LA GRACIA, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de agosto de 1998. 6) CENTRO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (CDI), que tiene su domicilio en la provincia Bahoruco, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de abril de 1998. 7) FUNDACION 5 DE JULIO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de julio de 1998. 8) ASOCIACION PRO-DESARROLLO DE LA MUJER Y MEDIO AMBIENTE (APRODEMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de enero de 1998. 9) FUNDACION CASA DEL TRABAJADOR (FUCATRAB), que tiene su domicilio en la provincia de La Romana, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de mayo de 1998. 10) FUNDACION SALUD PARA EL PUEBLO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de julio de 1998. 11) ASOCIACION DE COMERCIANTES DEL MERCADO CENTRAL, (ASOCOMECE), que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de junio de 1998. 12) CONCILIO INTERNACIONAL MISION AMOR Y FE, que tiene su domicilio en Sabana Nigua, provincia San Cristóbal, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de septiembre de 1998. 13) UNION NACIONAL DE AMAS DE CASA (UNACA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de agosto de 1998. 14) PATRONATO DE VIVIENDAS PARA MAESTROS DE SAN FRANCISCO DE MACORIS (PATROVISFRAMA), que tiene su domicilio en la provincia Duarte, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de agosto de 1998. 15) ASOCIACION DE AGRICULTORES POR EL DESARROLLO DE LOS BLANCOS, que tiene su domicilio en el municipio de Enriquillo, provincia Barahona, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de julio de 1998. 16) FUNDACION APOYO A LA SOCIEDAD EMBEJECIENTE (FASE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 de septiembre de 1998. 17) FUNDACION YUMINALE, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 29 de septiembre de 1998. 18) ASOCIACION DOMINICANA DE KARATE DO SHITO RYU, SHITO KAI, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de junio de 1998. 19) ASOCIACION CIELO ABIERTO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de marzo de 1998. 20) FUNDACION MONTE DE LOS OLIVOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de septiembre de 1998. 21) ASOCIACION DOMINICANA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (ADAFP), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 de septiembre de 1998. 22) JUNTA CAMPESINA DE LA ZONA CAÑERA (JUCAZOCA), que tiene su domicilio en la Provincia de Bahoruco, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de agosto de 1998. 23) BRIGADA ESPECIAL DE RESCATE Y SALVAMENTO (B.E.R.S.), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de octubre de 1998. 24) "IGLESIA DE DIOS PENTECOSTES REVELADA", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de mayo de 1998. 25) EL TEMPLO DEL PUEBLO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de septiembre de 1997. 26) CONCILIO DE LA FRATERNIZACION AGAPE MUNDIAL (CONFRATERMUN), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de septiembre de 1998. 27) FUNDACION GENERAL SANTIAGO RODRIGUEZ (FUNGESA), que tiene su domicilio en la provincia de Santiago Rodríguez, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de agosto de 1995. 28) CENTRO DE PREVENCION Y EDUCACION CORAZONES UNIDOS HIV (SIDA), que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de septiembre de 1998. 29) RAMA FEMENINA DE LA ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE HOTELES Y CONDOMINIOS DE PLAYA DORADA, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de mayo de 1998. 30) ASOCIACION DOMINICANA DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de junio de 1997. 31) ASOCIACION DE FAMILIAS TRINIDAD VOLQUEZ, AFINES Y AMIGOS (ASFAMILIAS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de noviembre de 1997. Artículo 2.- Se aprueba la modificación de los estatutos de las siguientes asociaciones: 1) ASOCIACION DE PROFESIONALES DE INFORMATICA (ASOPRINF), INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., celebrada en asamblea general extraordinaria de fecha 19 de abril de 1998. 2) CENTRO DE EDUCACION PARA LA SALUD, INC., (CES), que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R. D., celebrada en asamblea general extraordinaria de fecha 15 de abril de 1998. 3) CLUB NAUTICO DE SANTO DOMINGO, INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., celebrada en asamblea general extraordinaria de fecha 30 de junio de 1998. Artículo 3.- Se aprueba la modificación de los estatutos y el cambio de nombre de la "ASOCIACION TODO POR LA SALUD", INC., por lo que en lo adelante se denominará "FUNDACION TODO POR LA SALUD", INC. Artículo 4.- Se aprueba la corrección del nombre de la "FUNDACION JUSTICIA PARA TODO", INC., por lo que en adelante se denominará "FUNDACION JUSTICIA PARA TODOS", INC., que es lo correcto. Artículo 5.- Se autoriza a funcionar en el país a la "AGENCIA FRANCESA PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL CON LOS ESTADOS DEL CARIBE Y MERCOSUR", asociación incorporada de conformidad con las leyes de Francia. Artículo 6.- Se modifica el numeral 43, del decreto No.212-98 de fecha 3 de junio de 1998, para que en lo adelante rija de la siguiente manera: "Se concede el beneficio de la incorporación a la ASOCIACION DE CHOFERES DE CENOVI Y ZONAS ALEDÑAS (ASOCHOCEZA), que tiene su domicilio en la provincia Duarte, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de marzo de 1997. Artículo 7.- Dichas incorporaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario. Artículo 8.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y ocho, años 155 de la Independencia y 136 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona