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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 436-98

que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominación “Entrega Especial”

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 nov de 1998fecha
Otrostipo
G. O. 10005Gaceta Oficial del 30 nov de 1998
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 436-98 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominación “Entrega Especial”. (G. O. No. 10005, del 30 de noviembre de 1998). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 436-98 VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto del siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes: A) DENOMINACION ENTREGA ESPECIAL B) DISEÑO Escenas Alusivas. C) ESPECIFICACIONES Llevarán la leyenda República Dominicana, Correos, su valor facial expresado y los textos que identifiquen el tema de su diseño. D) CANTIDAD 500,000 (medio millón) ejemplares. E) VALOR RD$8.00 (ocho pesos) Artículo 2.- Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares bajo el procedimiento Off-Set multicolor. Artículo 3.- Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado engomado de 56 gramos, sustancia 103g M2. Artículo 4.- El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente Decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes. Artículo 5.- La imprenta deberá dejar como muestra en poder de la Comisión Oficial Filatélica, dos hojas de las aprobadas, debidamente mataselladas o canceladas. Artículo 6.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 136 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona