Texto de la norma
Dec. No. 339-98 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
(G. O. No. 10003, del 30 de septiembre de 1998).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 339-98
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- La señora Agapita García Henríquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana García Henríquez.
Artículo 2.- La señora Tomasina Claribel Flores Quezada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Claribel Flores Quezada.
Artículo 3.- La señorita Jonattan Duluc Ramos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Annelly Duluc Ramos.
Artículo 4.- La señora Matilde Bastardo Zorrilla, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nurys Matilde Bastardo Zorrilla.
Artículo 5.- La señora Agustina Genao Peralta, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Francisca Genao Peralta.
Artículo 6.- El señor Jacobo Féliz Canario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Arnaldo Jacobo Féliz Canario.
Artículo 7.- La señora Ana Argentina Hernández Marte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aridia Hernández Marte.
Artículo 8.- La señora Lurdes María Caraballo Ramírez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lourdes Caraballo Ramírez.
Artículo 9.- La señora Daniela Pracer Fermín Fernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Daniela Fermín Fernández.
Artículo 10.- El señor Utacio Arismendy Popoters, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Aramis Popoters.
Artículo 11.- La señora María Bernardina Cabrera Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elsa Cabrera Polanco.
Articulo 12.- La sefiora Milrna Bilexis Ortiz Pujols, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Mirna Bilexis Ortiz Pujols.
Dado en Santo Doming0 de Guzrnin, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s diez (IO) dias del rnes de septiernbre del afio mil novecientos
noventa y ocho, afio 155 de la Independencia y 135 de la Restauracih.
Leone1 Fernandez
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