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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 142-08

QUE CONCEDE PENSIONES DEL ESTADO A VARIOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 mar de 2008fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10461Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
50personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Yris Leyda Espaillat BibajotEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nereyda Altagracia Cornelio López de DefilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Maria Espino Paulino de NúñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Mercedes HenríquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hirma Elizaberth Alcántara SánchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Clotilde Antonia Peña CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fiordaliza Abreu RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Flor D Aliza De la Altag. Martínez GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa C. Rafaela Lembcke GrullónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lidia Altagracia Almonte GómezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dulcira Arias B. de VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Adelaida Alcántara H. de LorenzoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dorcas Elizabeth Paniagua SierraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teresa Mercedes Almánzar Núñez de SueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Trinidad Ángeles ÁngelesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julia Lucia Taveras de FerreiraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Odalis Algesira Herrera PlazaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilda Maria Isabel De Los Santos FigueroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Altagracia Jimenez Rodriguez de HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ligia Amarilis Gitte PeiiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
German Filonila Andujar CastaiiosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Grecia Martinez de SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Baudilia De Jesus Baez EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Antonio Feliz ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guillermina Encarnacion QuevedoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santa De Leon MelencianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Argentina Elena Diaz Mejia de OrozcoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Fior D Aliza Castillo FernindezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Arelis Miguel CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Estela Norman GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Yluminada Moncion de MartinEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nurys Andrea Dinzey PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Baldomero Emilia Reyes de AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Elvira Caraballo AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Celeste Jimenez De la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Rafaela Lluberes HidalgoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Melida Altagracia Pantaleon ConcepcionEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Altagracia Nuiiez NuiiezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lourdes Del Carmen Tineo M. de FerreiraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Maria Lopez MeloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlota Aydee Mueses AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Eulalio Barett LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Francisca Hernindez MontejoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luisa Del Rosario Rodriguez GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Rosalina Diaz CuelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margarita Montas Sanchez de SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Florencia Mendez Herasme de HerasmeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Antonia Paredes Vallejo de MejiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Floralba Mercedes Ferreira RodríguezPensión—RD$21,566.00
Juana Maria Torres GarciaPensión—RD$7,510.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (17,052 caracteres)
Dec. No. 142-08 que concede pensiones del Estado a varios empleados de la administración pública. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 142-08 VISTO: El Artículo 8, de la Constitución de la República; VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981; VISTO: El oficio No. 1265 del 23 de enero de 2008, elevado al Señor Presidente de la República por el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, en donde se refiere la petición de pensión de varios servidores públicos que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una Pensión Especial del Estado, a los siguientes servidores públicos: 1.- Después de una labor de cuarenta años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Yris Leyda Espaillat Bibajot, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve pesos con 00/100 (RD$19,499.00) mensuales. 2.- Después de una labor de cincuenta años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Nereyda Altagracia Cornelio López de Defillo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de diecinueve mil ochocientos veinte tres pesos con 00/100 (RD$19,823.00) mensuales. 3.- Después de una labor de cuarenta y dos años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Luz Maria Espino Paulino de Núñez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de veinte mil ochocientos treinta y siete pesos con 00/100 (RD$20,837.00) mensuales. 4.- Después de una labor de treinta y cinco años de servicio en el Hospital Arturo Grullón, a la señora Ana Mercedes Henríquez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de catorce mil cuarenta pesos con 00/100 (RD$14,040.00) mensuales. 5.- Después de una labor de diecisiete años de servicio en el Hospital Doctor Alejandro Cabral, a la señora Hirma Elizaberth Alcántara Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de quince mil ciento sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$15,167.00) mensuales. 6.- Después de una labor de treinta y tres años de servicio en Copresida SESPA S, a la señora Clotilde Antonia Peña Castro, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado veinte siete mil ochocientos ochenta y un pesos con 00/100 (RD$27,881.00) mensuales. 7.- Después de una labor de veinte y ocho años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Fiordaliza Abreu Rosario, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado veinte y ocho mil ciento sesenta y dos pesos con 00/100 (RD$28,162.00) mensuales. 8.- Después de una labor de veinte y nueve años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Floralba Mercedes Ferreira Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado veinte y un mil quinientos sesenta y seis pesos con 00/100 (RD$21,566.00) mensuales. 9.- Después de una labor de veinte y nueve años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Flor D Aliza De la Altag. Martínez Guerrero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado diecisiete mil seiscientos quince pesos con 00/100 (RD$17,615.00) mensuales. 10.- Después de una labor de treinta y nueve años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Rosa C. Rafaela Lembcke Grullón, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de doce mil setenta y nueve pesos con 00/100 (RD$12,079.00) mensuales. 11.- Después de una labor de treinta y seis años de servicio en el Laboratorio Nacional, a la señora Lidia Altagracia Almonte Gómez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de catorce mil doscientos cuatro pesos con 00/100 (RD$14,204.00) mensuales. 12.- Después de una labor de cuarenta y cinco años de servicio en el Hospital Juan Pablo Pina, a la señora Dulcira Arias B. de Vargas, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de doce mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$12,044.00) mensuales. 13.- Después de una labor de cuarenta y dos años de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la señora Adelaida Alcántara H. de Lorenzo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de cuarenta mil seiscientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$40,632.00) mensuales. 14.- Después de una labor de treinta y un años de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la señora Dorcas Elizabeth Paniagua Sierra, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de treinta y dos mil trescientos ochenta y siete pesos con 00/100 (RD$32,387.00) mensuales. 15.- Después de una labor de cuarenta años de servicio en el Hospital San Lorenzo de Los Mina, a la señora Teresa Mercedes Almánzar Núñez de Suero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de dieciocho mil sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$18,067.00) mensuales. 16.- Después de una labor de cuarenta y tres años de servicio en el Hospital Robert Read Cabral, a la señora Carmen Trinidad Ángeles Ángeles, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de doce mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$12,044.00) mensuales. 17.- Después de una labor de cuarenta y un años de servicio en el Banco de Sangre Valverde Mao, a la señora Julia Lucia Taveras de Ferreira, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y seis mil trescientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$26,332.00) mensuales. 18.- Despues de una labor de treinta y tres aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora Odalis Algesira Herrera Plaza, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil seiscientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$40,632.00) mensuales. 19.- Despues de una labor de treinta y seis aiios de servicio en el Hospital Dr. Dario Contreras, a la seiiora Hilda Maria Isabel De Los Santos Figueroa, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte mil setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$20,074.00) mensuales. 20.- Despues de una labor de treinta y ocho aiios de servicio en el Hospital Dr. Dario Contreras, a la seiiora Mercedes Altagracia Jimenez Rodriguez de Herrera, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y cinco mil ciento ochenta y ocho pesos con 00/100 (RD$25,187.00) mensuales. 21.- Despues de una labor de treinta y dos aiios de servicio en el Laboratorio Nacional, a la seiiora Ligia Amarilis Gitte Peiia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diecisiete mil trecientos noventa y siete pesos con 00/100 (RD$17,397.00) mensuales. 22.- Despues de una labor de treinta y dos aiios de servicio en el Laboratorio Nacional, a la seiiora German Filonila Andujar Castaiios, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de dieciocho mil sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$18,067.00) mensuales. 23.- Despues de una labor de veinte y seis aiios de servicio en el Hospital Dr. Moscoso Puello, a la seiiora Grecia Martinez de Solano, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y cuatro mil setecientos cincuenta y ocho pesos con 00/100 (RD$24,758.00) mensuales. 24.- Despues de una labor de dieciocho aiios de servicio en el Hospital Dr. Moscoso Puello, a la seiiora Baudilia De Jesus Baez Espinal, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte dos mil pesos con 00/100 (RD$22,000.00) mensuales. 25.- Despues de una labor de treinta y tres aiios de servicio en el Hospital Dr. Dario Contreras, a1 seiior Luis Antonio Feliz Reyes, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de dieciocho mil sesenta y dos pesos con 00/100 (RD$18,067.00) mensuales. 26.- Despues de una labor de treinta y tres aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora, Aracelis Orietta Germin Rodriguez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cincuenta y siete mil doscientos cincuenta y un pesos con 00/100 (RD$57,251.00) mensuales. 27.- Despues de una labor de veinte y nueve aiios de servicio en el Hospital Dr. Toribio Bencosme, a la seiiora Guillermina Encarnacion Quevedo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil setecientos dos pesos con 00/100 (RD$15,702.00) mensuales. 28.- Despues de una labor de dieciocho aiios de servicio en el Hospital Municipal de Los Mina, a la seiiora Santa De Leon Melenciano, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil ciento sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$15,167.00) mensuales. 29.- Despues de una labor de treinta y dos aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora Argentina Elena Diaz Mejia de Orozco, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil seiscientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$40,632.00) mensuales. 30.- Despues de una labor de treinta y dos aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora Mercedes Fior D Aliza Castillo Fernindez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil seiscientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$40,632.00) mensuales. 31.- Despues de una labor de treinta y un aiios de servicio en el Hospital Municipal de Fantino, a la seiiora Rosa Arelis Miguel Cruz, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de doce mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$12,044.00) mensuales. 32.- Despues de una labor de dieciocho aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora Maria Estela Norman Garcia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil seiscientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$40,632.00) mensuales. 33.- Despues de una labor de treinta aiios de servicio en el Hospital de Guayubin, a la seiiora Maria Yluminada Moncion de Martin, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diecinueve mil quinientos veinte nueve pesos con 00/100 (RD$19,529.00) mensuales. 34.- Despues de una labor de treinta y seis aiios de servicio en el Hospital Padre Billini, a la seiiora Nurys Andrea Dinzey Perez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte dos mil sesenta y cinco pesos con 00/100 (RD$22,065.00) mensuales. 35.- Despues de una labor de treinta y siete aiios de servicio en el Hospital Municipal de Castaiiuela, a la seiiora Baldomero Emilia Reyes de Acosta, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y cinco mil ciento ochenta y siete pesos con 00/100 (RD$25,187.00) mensuales. 36.- Despues de una labor de veinte y siete aiios de servicio en el Hospital Padre Billini, a la seiiora Rosa Elvira Caraballo Arias, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil setecientos tres pesos con 00/100 (RD$15,703.00) mensuales. 37.- Despues de una labor de treinta y cinco aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora Celeste Jimenez De la Rosa, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de treinta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales. 38.- Despues de una labor de cuarenta y cuatro aiios de servicio en el Hospital Padre Billini, a la seiiora Ramona Rafaela Lluberes Hidalgo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y cuatro mil setecientos cincuenta y ocho pesos con 00/100 (RD$24,758.00) mensuales. 39.- Despues de una labor de treinta y tres aiios de servicio en el Hospital Robert Read Cabral, a la seiiora Melida Altagracia Pantaleon Concepcion, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte dos mil seiscientos pesos con 00/100 (RD$22,600.00) mensuales. 40.- Despues de una labor de treinta y tres aiios de servicio en el Hospital Alberto Gauteraux, a la seiiora Ramona Altagracia Nuiiez Nuiiez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 41.- Despues de una labor de veinte ocho aiios de servicio en el Laboratorio Veterinario Central, LAVENCEN, a la seiiora Lourdes Del Carmen Tineo M. de Ferreira, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 42.- Despues de una labor de veinte y cinco aiios de servicio en el Hospital Padre Billini, a la seiiora Altagracia Maria Lopez Melo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil ciento sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$15,167.00) mensuales. 43.- Despues de una labor de dieciocho aiios de servicio en el Hospital Luis E. Aybar, a la seiiora Carlota Aydee Mueses Alcantara, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil seiscientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$40,632.00) mensuales. 44.- Despues de una labor de veinte y dos aiios de servicio en el Hospital Alberto Gauteraux Sanchez, a1 seiior Rafael Eulalio Barett Lopez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de catorce mil ochocientos cuarenta y seis pesos con 00/100 (RD$14,846.00) mensuales. 45.- Despues de una labor de treinta y nueve aiios de servicio en el Laboratorio Nacional, a la seiiora Ana Francisca Hernindez Montejo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de catorce mil novecientos dieciseis pesos con 00/100 (RD$14,916.00) mensuales. 46.- Despues de una labor de 55 aiios en el Laboratorio Nacional, a la seiiora Luisa Del Rosario Rodriguez Garcia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de treinta mil quinientos ochenta y siete pesos (RD$30,587.00) mensuales. 47.- Despues de una labor de 55 aiios en el Hospital Dr. Francisco Moscoso Puello, a la seiiora Altagracia Rosalina Diaz Cuello, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y cuatro mil setecientos cincuenta y ocho pesos con 00/100 (RD$24,758.00) mensuales. 48.- Despues de una labor de 44 aiios en el Laboratorio Nacional, a la seiiora Margarita Montas Sanchez de Sanchez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte y dos mil ochenta y un pesos con 00/100 (RD$22,081.00) mensuales. 49.- Despues de una labor de 32 aiios en el Hospital Dr. Luis E. Aybar, a la seiiora Florencia Mendez Herasme de Herasme, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta y dos mil trescientos noventa y nueve pesos con 00/100 (RD$42,399.00) mensuales. 50.- .Despues de una labor de 39 aiios en el Laboratorio Nacional, a la seiiora Carmen Antonia Paredes Vallejo de Mejia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de once mil ochocientos treinta y ocho pesos con 00/100 (RD$11,838.00) mensuales. Articulo 2.- Se eleva la pension del Estado otorgada a la seiiora Juana Maria Torres Garcia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], a la suma de siete mil quinientos diez pesos con 00/100 (RD$7,510.00) mensuales. Articulo 3.- El presente beneficio no sera valido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pension otorgada por el Estado. Parrafo: En 10s casos positivos, el beneficiario (a) podra optar por aquella que mas le favorezca. Articulo 4.- Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos. Articulo 5.-Enviese a la Secretaria de Estado de Hacienda, para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de marzo del aiio dos mil ocho (2008); aiios 165 de la Independencia y 145 de la Restauracion. LEONELFERNANDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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